Riohacha-. Un indígena perteneciente a la etnia wayúu fue condenado por el Juez Especializado del Distrito de Riohacha Leonelo Sierra, a 35 años de cárcel al ser encontrado responsable de la muerte de dos hombres, en hechos ocurridos en noviembre de 2.004, en una ranchería que paradójicamente es conocida con el nombre de Amaré.
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El condenado es Luis Alberto Aguilar Ipuana, quien presuntamente actuó en complicidad de su hermano Eliseo Aguilar Ipuana, a quienes se les imputaron los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir, fabricación, tráfico, porte de armas y municiones de uso privativo de las Fuerzas Militares. Finalmente, Eliseo Aguilar Ipuana no recibió condena, pues se había roto la unidad procesal y su caso había pasado otro despacho jurídico.
El condenado es Luis Alberto Aguilar Ipuana, quien presuntamente actuó en complicidad de su hermano Eliseo Aguilar Ipuana, a quienes se les imputaron los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir, fabricación, tráfico, porte de armas y municiones de uso privativo de las Fuerzas Militares. Finalmente, Eliseo Aguilar Ipuana no recibió condena, pues se había roto la unidad procesal y su caso había pasado otro despacho jurídico.
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Las víctimas estaban en su ranchería
Según el expediente, las víctimas de esta acción criminal fueron los señores Julio Ipuana y su cuñado Juvenal Ramírez. Se establece en el documento que para ese 20 de noviembre, los dos hombres y su familia se encontraban en la ranchería Amaré, en donde intempestivamente llegó un vehículo del cual se bajó un grupo de hombres armados vistiendo uniformes del Ejército, pero que curiosamente no llevaban botas, sino los calzados conocidos como guaireñas, propios de la etnia wayúu.
Las víctimas estaban en su ranchería
Según el expediente, las víctimas de esta acción criminal fueron los señores Julio Ipuana y su cuñado Juvenal Ramírez. Se establece en el documento que para ese 20 de noviembre, los dos hombres y su familia se encontraban en la ranchería Amaré, en donde intempestivamente llegó un vehículo del cual se bajó un grupo de hombres armados vistiendo uniformes del Ejército, pero que curiosamente no llevaban botas, sino los calzados conocidos como guaireñas, propios de la etnia wayúu.
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Identificado por la mujer de la víctima
La mujer de una de una de las víctimas, Silvina López, en sus declaraciones a las autoridades de Policía Judicial, dijo que uno de los hombres armados que llegó hasta su ranchería, se bajó con un fusil en la mano, disparó contra su marido Julio Ipuana y posteriormente persiguió hasta alcanzarlo y darle muerte, también a tiros a Juvenal, era el señor Luis Alberto Aguilar Ipuana a quien conocía bien por ser miembro de un clan con el cual su marido mantenía conflicto.
Identificado por la mujer de la víctima
La mujer de una de una de las víctimas, Silvina López, en sus declaraciones a las autoridades de Policía Judicial, dijo que uno de los hombres armados que llegó hasta su ranchería, se bajó con un fusil en la mano, disparó contra su marido Julio Ipuana y posteriormente persiguió hasta alcanzarlo y darle muerte, también a tiros a Juvenal, era el señor Luis Alberto Aguilar Ipuana a quien conocía bien por ser miembro de un clan con el cual su marido mantenía conflicto.
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Según el mismo expediente, estando de compras en Maicao, la señora Silvina y otras mujeres de su ranchería vieron al criminal y lo denunciaron en la policía, siendo capturado y dándose así inicio al proceso que acaba de terminar con la condena de Luis Alberto Aguilar Ipuana.
Según el mismo expediente, estando de compras en Maicao, la señora Silvina y otras mujeres de su ranchería vieron al criminal y lo denunciaron en la policía, siendo capturado y dándose así inicio al proceso que acaba de terminar con la condena de Luis Alberto Aguilar Ipuana.
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El juez de la misma manera le aplicó multa consistente en 1.700 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad para desarrollar cualquier tipo de función pública por el mismo término de la condena principal de los 35 años.
El juez de la misma manera le aplicó multa consistente en 1.700 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad para desarrollar cualquier tipo de función pública por el mismo término de la condena principal de los 35 años.
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