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viernes, 11 de junio de 2010

Un agricultor es acusado de abusar de una niña de tres años de edad


Tomado del Informador

En el marco de una audiencia pública, quedó al descubierto que un agricultor de 50 años de edad, abusó carnalmente a una infanta de 3 años de edad, cuando su señora madre había salido para la ciudad.

El aparente responsable de este delito es Yomelis Jacob Amaya Ortiz, un ciudadano con cédula de Barrancas; quien está sindicado por la madre de la niña de abusarla brutamente.

El hecho en mención se presentó en el mes de abril, en una finca en la zona rural del municipio de Hatonuevo; cuando la mamá de la menor llegó a la casa y observó que la niña tenía sangrado en sus partes.

En esos días, los padres de la menor llegaron a esa finca, mientras se ubicaban en otra más cercana.

Cuentan que la señora le recriminó al señor, quien es tío del papá de la menor. De inmediato la progenitora puso esta situación en conocimiento de las autoridades.

Seguidamente, el Fiscal en turno ordenó examen médico legal, y el resultado fue que tenía una enfermedad de transición sexual, la cual pudo haber sido transferida por el abusador.

En la investigación, Amaya Ortiz argumentó no tener nada que ver en esa situación y en la audiencia pública celebrada ayer en Barrancas, se declaró inocente.

Por tal razón, se le encomendó la responsabilidad de llevar ante el estrado judicial, a los funcionarios adscritos a la Unidad Local CTI Fonseca, mediante orden de captura número 11200, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años.

En ese orden, el Juez Promiscuo de Barrancas, le dictó medida de aseguramiento, le imputó el cargo antes mencionado y ordenó su reclusión en la cárcel municipal de Riohacha.




viernes, 16 de abril de 2010

Fiscalía capturó hombre que tenía relaciones de pareja con su hija


Fuente: El informador

Un mecánico de profesión fue privado de la libertad la tarde del miércoles, por orden de un Juez de la República que lo requiere para que explique, su aparente relación con su hija desde hacía 13 años.

El hombre que debe responder a la justicia, se llama Elber José González Castellón, de Riohacha con 50 años de edad, casado y residente en la carrera 22 No. 14B-17, del barrio Cooperativo.

La Fiscalía que lo solicita es la 02 seccional, que lo investiga por el delito de incesto, mediante orden de captura número 00612832, dentro del proceso No. 39548, que es víctima su hija Yenniffer González Guzmán de 23 años de edad, profesión ama de casa.

En el proceso que lleva la Fiscalía, los hechos datan desde el año de 1996, cuando la víctima tenía 10 años de edad y su padre abusaba sexualmente de ella, abusos que han sido constantes hasta la fecha y producto de él, hoy en día existen tres menores.

Cuando nació el primer hijo, existía en el núcleo familiar una preocupación, como se iría a registrar, al final se optó que se registrara con el nombre de la madre, para evitar problemas con las autoridades.

El primer hijo nació el día 2 de octubre de 1999, cuando la madre contaba sólo con 13 años de edad, sin embargo, dentro de la familia nadie se atrevía a denunciar por la amenaza de la primera autoridad, el señor padre.

martes, 26 de febrero de 2008

Maicao y las políticas a favor de la infancia y la adolescencia

POR: Alba Ruth Pinto
Desde la Institución Educativa No. 8 expongo este, uno de los tantos casos que se presentan en la comunidad, donde todavía no hay garantías claras para los niños, niñas y jóvenes en materia de protección de derechos.

MI HISTORIA…(1)
"A mi mis derechos en mi casa me los cumplen, pero también deben dejarme vestir como a mi me gusta y no lo hacen, mi mamá es cristiana y no me deja ponerme pantalones… yo muchas veces hablé con ella y hasta he llorado y eso es lo que ella no entiende… muchas veces le pido permiso para ir a jugar y ella me deja pero mi padrastro dice que no. En mi casa el alimento funciona algunas veces bien, como también hay otras veces que no hay para comer…"

Analizar la defensa y promoción de los derechos de la infancia y la juventud es una tarea difícil, y más cuando se conocen las debilidades que tenemos en nuestra región para garantizar y restablecer dichos derechos.

Sin embargo, se ha dado un paso significativo en el momento que el congreso de la república aprobó la ley 1098 del 2006 “Código de la infancia y la adolescencia”, asignando un papel fundamental e indelegable a los Gobernadores y Alcaldes en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas a favor de la infancia y adolescencia.

La Política Pública para la infancia y adolescencia “son el conjunto de acciones que adelanta el estado, con la participación de la sociedad y la familia, para garantizar la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes”(2). Esta política contiene 4 condiciones y 12 objetivos claves para avalarles a todos los niños y jóvenes colombianos sus derechos:

EXISTENCIA: Todos vivos, todos saludables, ninguno sin familia, ninguno desnutrido o con hambre.

DESARROLLO: Todos con educación de calidad y no discriminante, todos jugando, todos capaces de manejar afectos y emociones.

CIUDADANÍA: Todos registrados, y todos participando en la vida de la comunidad.

PROTECCIÓN: Ninguno maltratado o abusado, ninguno en actividad perjudicial y con su debido proceso.

Para el caso de Maicao, es responsabilidad del alcalde señor Ovidio Mejía Marulanda movilizar todos los esfuerzos y todos los sectores por medio de una política pública a favor de la infancia y la adolescencia clara y eficiente; que a través de planes, programas y estrategias logren subsanar muchas de las dificultades que tienen nuestra niñez y juventud, a la cual día a día se le vulneran sus derechos.

Como educadora es mi deber anunciar que estamos iniciando un nuevo camino en beneficio de nuestra infancia y adolescencia, y que con la voluntad de nuestros gobernantes lograremos que todos los niños, niñas y adolescentes de nuestro municipio gocen de la protección integral de sus derechos.


Por: Lic. ALBA RUTH PINTO SANTOS
Docente Institución Educativa No. 8
Docente Universidad de la Guajira
apinto_4@hotmail.com

(1)Escrito realizado por una estudiante de 5º grado de la I.E. No. 8, en foro estudiantil sobre los derechos de la infancia y la juventud, realizado el 12 de febrero del 2008 en la Universidad de la Guajira.
(2)Articulo 2004, Ley 1098 Código de la infancia y la adolescencia. 8 de Noviembre del 2006

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