lunes, 14 de septiembre de 2009

David Sánchez Juliao: "El hombre que era así"

Momentos en que los presentadores del programa "Buenos Días Maicao", Alcides Alfaro, Nazly Pérez y Alejandro Rutto, presentaban la reseña del libro "El Hombre que era así"


"El Hombre que era así" es uno de los más recientes libros de David Sánchez Juliao, el gran hombre de letras nacido en Lorica, pero destinado a ser el portador de las grandes reclamaciones de identidad del Caribe colombiano.
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David Sánchez Juliao es autor de un sin número de libros y audiolibros y varias de sus obras han sido llevadas al cine, género en el que ha obtenido 17 premios India Catalina.
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"El Hombre que era así" se une a la amplia biblioteca "Davicista" en la que figuran también obras de gran calidad como:
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Porqué me llevas al hospital en canoa, papá? (1973)
Historias de Racamandaca (1974)
El arca de Noé (1976)
Cachaco, palomo y gato (1977)
El Flecha
Pero sigo siendo el rey (1983)
Mi sangre aunque plebeya (1986)
Buenos días, América (1988)
El país más hermoso del mundo (desconocido)
Dulce Veneno Moreno
Fosforito
La Cucarachita Martínez

Los wayúu de Manaure no logran acuerdo sobre explotación de la sal

Laudo Arbitral provocará recomposición de los socios

Gobierno envió delegados a explicar alcances del laudo

Por: Francisco De La hoz Sarmiento

Después de dos décadas de estar en lo mismo, los indígenas wayúu del municipio de Manaure, no encuentran el camino para llegar a un consenso sobre los mecanismos a utilizar y las personas que los deben representar en la conformación de Salinas Marítimas de Manaure- SAMA- la empresa a través de la cual se debe hacer la explotación y comercialización de las miles y miles de toneladas que se producen allí cada año.

El día siete del presente mes, se produjo un Laudo Arbitral de la Cámara de Comercio de Bogotá, en donde se le reintegra a los aborígenes el derecho sobre esta mina de sal, el cual estaba compartido con el Estado Colombiano que se había dispuesto más del cincuenta por ciento de las acciones, con lo cual lograba el manejo de la empresa y diseñar las políticas a seguir.

Tras este laudo que homologa cualquier fallo de uno de los altos Tribunales Administrativos, los nativos entraron en una rápida carrera, unos por obtener las mayorías y así imponer decisiones en la contratación que se logre hasta que el laudo quede debidamente ‘ejecutoriado’ con la aclaración y constitución en escritura pública en el mes de octubre, otros por lograr que una nueva agremiación sea reconocida como propietario y le entreguen el derecho accionario y por otro lado un sector que prevé que el Gobierno tiene mano metida en el negocio y hace todo lo posible por dejar sus fichas en el millonario negocio de la sal.

Este sector es liderado por el ex gerente de Sama, Armando Valbuena woriyu, él ha elaborado un voluminoso escrito con toda los acontecimientos que han girado sobre el proceso en los últimos 20 años y pone en alerta a organismos nacionales e internacionales, a la Procuraduría General de la Nación, así como medios de comunicación, de lo que ha dado en llamar “una conspiración del Estado para quedarse con la concesión de la operación de la sal de Manaure”.

Llegaron los delegados del Gobierno Nacional

El pasado fin de semana, llegaron de manera urgente a Riohacha El Vice Ministro de Comercio exterior Gabriel –Andre Duque Mildenberg, el Director de Etnias del Ministerio del Interior y justicia, Pedro Santiago Arango y Carolina Lorduy de Mincomercio, ‘con el objeto de explicar los alcances del laudo Arbitral de la Cámara de Comercio de Bogotá’ y hacer un acompañamiento a los nativos, en la legalización de una nueva agremiación Wayuu Ichipuu y la misma Sumain Ichi. Los periodistas, inexplicablemente fueron retirados del recinto en donde solo iban a socializar una decisión jurídica por solicitud del Viceministro de Comercio.

En el encuentro con el los delegados del Alto gobierno también estuvieron el Gobernador de la Guajira, Jorge Eduardo Pérez Bernier, el alcalde de Manaure, Humberto Martínez, la gerente de Sama Francisca Freyle y Autoridades Tradicionales de Manaure.

Acordaron una asamblea en febrero

Una de las conclusiones fue realizar una asamblea el 10 de febrero de 2.010, en donde elegirán su representante legal para poder ingresar a la sociedad y participar del posible reparto accionario que podría darse con este vuelco que ha dado el proceso tras el Laudo Arbitral.

Tienen toda la autonomía para decidir

El Director de Etnias dijo que con la Constitución de 1.991, las comunidades indígenas tienen toda la autonomía para decidir sobre sus proyectos y en este sentido ellos solo estaban realizando un acompañamiento al lado de la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría Regional, pero deben ser ellos quienes determinen que hacer con su propiedad en la más importante mina de producción de sal que tiene el País.

También llegó el Gobernador

Jorge Eduardo Pérez Bernier, Gobernador del departamento sostuvo que ellos estaban en el acompañamiento y criticó la conducta del grupo que no fue a la reunión, manifestando que posiblemente estarían comprometidos en los daños causados a los jarillones en donde se procesa la salmuera, elemento indispensable para la producción de la sal.

La lucha apenas comienza, dice dirigente

Rosario Epiayú, ‘Chayo’, como la conocen en el pueblo, sostuvo que la lucha por la autonomía en la producción y comercialización de la sal apenas comienza.

Criticó la posición que ha mostrado el ex gerente de Sama y líder de esta comunidad Armando Valbuena, manifestando que ella fue fundadora de la Asociación Wayá Wayú, pero fueron discriminados en el reparto accionario y por eso se vieron en la necesidad de crear otra organización. “Ellos siempre han estado haciendo las asambleas por debajo de la mesa, son de la misma calaña y ahora estamos luchando entre los mismos indígenas” dijo la veterana dirigente tras la reunión con los delegados del Gobierno, la Defensoría y la Procuraduría.

Por su lado, Luis Arciniegas, representante legal de Sumain Ichi, sostuvo que esperan poder constituir de manera legal su agremiación para entrar de lleno a trabajar en la organización de la empresa, en donde tienen cifradas todas las expectativas para la redención de su comunidad que solo tiene como principal elemento de la economía la sal que les ha dado la naturaleza gracias a las condiciones ambientales y geográficas del entorno.

Seleccionadas las veinte canciones que pasarán a la primera ronda eliminatoria en el 31 Festival Cuna de Acordeones


Por: Aliskair Sanim De La Hoz

En la tarde del domingo en el parque de las dinastías del barrio Blanca Martínez de Villanueva, se escucharon todas las canciones inscritas para participar en la primera ronda eliminatoria del concurso de canción inédita del Festival Cuna de Acordeones que inicia éste jueves 17, hasta el domingo 20 de Septiembre, en la que se constituye en la cita más preciada con el folclor vallenato.

Un total de 16 paseos, 2 merengues, una puya y una romanza hacen parte del las veinte canciones seleccionadas y que se detallan a continuación:

CANCION AUTOR RITMO
Y VILLANUEVA ES LA CUNA EIDER LÓPEZ PASEO
DESIGNIOS DE DIOS ALVARO GONZÁLEZ PASEO
NACIÓ EL AMOR JAVIER RODRÍIGUEZ PASEO
VILLANUEVERA JAVIER GIL ROMERO ROMANZA
LA EXPRESIÓN DE MI TIERRA ORANGEL “PANGUE” MAESTRE PASEO
UNTARTE DE TI JORGE OCHOA PASEO
LA HEMBRA JESUALDO FERNÁNDEZ PASEO
A UNA LEYENDA DEL FOLCLOR J J MURGAS PASEO
UNA POESÍA EN MI TIERRA JORGE CAMARGO PASEO
CUNA DE ARTISTAS CARLOS MENDOZA MERENGUE
EL HOTEL MAMA UBALDO MELO PUYA
ORACIÓN A VILLANUEVA WILLIAM KLINGER PASEO
ABREME EL CORAZÓN ROBERT OÑATE PASEO
INSIGNIAS DEL FOLCLOR ONEL MOLINA PASEO
PORQUE SABE QUE LA AMO JOSÉ LÓPEZ PASEO
SI ME QUIERES O NO JOSÉ OÑATE PASEO
ASI SOY YO RAFAEL FRIAS MERENGUE
AGRADECIMIENTO DE DIOS JOSÉ MEJÍA PASEO
VIDA Y SENTIMIENTO ALONSO QUINTERO PASEO
VALLENATOS VIEJOS ALVARO DANGOND PASEO


Aliskair De La Hoz
Oficina de Prensa

Alumbrado público, ¿un impuesto ilegal?

Por: José Carlos Molina Becerra

Caramba, de nuevo entro analizar un tema polémico en la ciudad, la verdad es que desde hace algunos años tome la decisión como testigo de mi tiempo, de expresar mi punto de vista sobre los aconteceres jurídicos y políticos sociales de mi amado Maicao. Cuando uno expresa de manera pública lo que piensa sobre determinados temas, no solo comparte su criterio con el lector, si no que se expone al juicio y análisis de quienes generosamente dedican un tiempo de su vida para leernos. Luego entonces me someto y lo acepto por anticipado a que usted amable lector discrepe de mi análisis jurídico y lo controvierta como legítimamente le parezca.

Bueno, sin más preámbulo, a lo que venimos: He sosteniendo en algunos círculos privados y en algún espacio radial, que EL ALUMBRADO PÚBLICO EN MAICAO ES ILEGAL, los Concejos municipales no tienen competencias para establecer mediante acuerdos dicho gravamen.

Creo necesario, que confiese de manera pública, que mi tesis tiene origen en diferentes sentencias del Consejo de Estado, sobre todo en la SENTENCIA N° 16170 del 17-07-2008. Hecha dicha advertencia, sería muy útil para ayudar a explicar mi punto de vista, que defina primero que es el alumbrado público y porque no es un servicio público domiciliario si no un impuesto.

¿QUÉ ES EL ALUMBRADO PÚBLICO?

“Consistente en la iluminación de las vías públicas, parques públicos, y demás espacios de libre circulación que no se encuentren a cargo de ninguna persona natural o jurídica de derecho privado o público, diferente del municipio, con el objeto de proporcionar la visibilidad adecuada para el normal desarrollo de las actividades tanto vehiculares como peatonales.
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También se incluirán los sistemas de semaforización y relojes electrónicos instalados por el municipio. Por vías públicas se entienden todos los senderos peatonales y públicos, calles y avenidas de tránsito vehicular”. Resolución 043 de 1995 la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG.

Observe apreciado lector, que de acuerdo a esa definición, no es necesario que la persona sea usuaria o deba tener una lámpara al frente de su casa para cancelar el impuesto, todos debemos pagar por la iluminación de las vías públicas de libre circulación para los vehículos y peatones. Sencillamente porque es un impuesto y no un servicio público domiciliario.

Este impuesto se originó en una ley de la república, la LEY 97 de 1913, en virtud de la cual el legislador, en ejercicio de su facultad constitucional, autorizó a Bogotá para establecer un impuesto “sobre el servicio de alumbrado público”, organizar su cobro y darle el destino más conveniente para atender los servicios municipales. La facultad conferida al concejo de Bogotá, por la ley 97 de 1913 fue extendida por la Ley 84 de 1915, a las demás entidades territoriales del nivel municipal. Estas normas se encuentran vigentes con las modificaciones expresas y tácitas de normas posteriores de acuerdo a lo que ha expresado el Consejo de Estado. (Normas que fueron declarados exequibles por la corte constitucional mediante la sentencia C-504 del 3 de julio de 2002)

¿ENTONCES DONDE ESTÁ LA ILEGALIDAD DEL IMPUESTO DE ALUMBRADO PÚBLICO?
Bueno el hecho concreto es que LA AUTONOMÍA DE LOS ENTES TERRITORIALES EN MATERIA TRIBUTARIA ES RESTRINGIDA, toda vez, como lo dijo el Consejo de Estado, la autonomía no es ORIGINARIA sino DERIVADA, ya que los artículos 300 (4) y 313 (4) de la Constitución Política claramente determinan que las asambleas y los concejos decretan, DE CONFORMIDAD CON LA LEY, los tributos y contribuciones necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

Si ello es así, lo normal es que deba existir una ley expedida por el Congreso de la República (Originaria), que se refiera directamente al tema del Impuesto de alumbrado público y el congreso aún no se ha ocupado de ello, es decir en estos momento no existe una ley que desarrolle el tema del impuesto de alumbrado público, para que las asambleas departamentales y los Concejos municipales de manera derivad (Artículos 300 (4) y 313 (4) de la Constitución Política ), de dicha ley, reglamente el impuesto mediante Ordenanzas y Acuerdos.

En la ciudad de Maicao, fue el concejo municipal que mediante el ACUERDO N° 026 DEL 7 DE DICIEMBRE DE 2004 faculta al señor Alcalde de la época, para firmar convenios. El gobierno municipal firma un contrato de concesión para la operación, mantenimiento, administración y modernización de la infraestructura de alumbrado público, con la empresa Sociedad Desarrollo Urbano de Colombia S.A. (DOLMEN S.A.) el día 20 de junio del 2005. El municipio de esta manera pignora el valor de todo lo que se recaude por concepto de impuesto de alumbrado público al concesionario.

Pero como hemos venido observando, los concejos municipales no tienen facultad para la creación mediante Acuerdo de ese tipo de impuesto, el Consejo de estado en la sentencia que hemos venido citando afirma:

“Por lo tanto el literal d) del artículo 1° de la Ley 97 de 1913 al carecer de los requerimientos previstos en la Constitución Política (art. 338) ha perdido aplicabilidad y no puede desarrollarse porque conllevaría la violación de los principios generales del derecho tributario, dado que no sería la ley la que crearía el tributo, sino cada acuerdo municipal ejerciendo una autonomía fiscal que no está prevista, pues las potestades impositivas de los concejos están limitadas por la Constitución y la ley”.

Esto nos lleva indudablemente a afirmar que el impuesto de alumbrado público en la ciudad de Maicao es ilegal. Las autoridades administrativas debieran tomar una decisión. Lo único cierto es que a los maicaeros nos están obligando mediante un Acuerdo ilegal, a cancelar un impuesto que es contrario a la Constitución y a la Ley.

Seguramente habrá quien argumente que mientras el Consejo de Estado mediante sentencia no declare la nulidad del Acuerdo N° 026 del 7 de diciembre de 2004, no es posible hacer nada al respecto.

Es claro que cualquier ciudadano podrá interponer demanda de nulidad ante el contencioso Administrativo; pero carajo, creo que las autoridades administrativas elegidas por el pueblo, a partir del ejercicio de la democracia representativa, debieran tomar una decisión que se ajuste a derecho para resolver esa ilegalidad en las que nos metieron con el Acuerdo de marras.
Esa decisión de seguro traerá unas consecuencias donde se podrán ver involucrada la empresa DOLMEN S.A., como persona jurídica que tiene un contrato con el municipio y seguramente exigirá el cumplimiento del contrato por el tiempo que hace falta.

Pudiéramos seguir reflexionando largo y tendido sobre este tema espinoso, pero no quiero abusar de su generosidad y de su tiempo, creo que usted ahora tiene más elementos de juicio para el análisis del impuesto de alumbrado público.

JOSÉ CARLOS MOLINA B
Abogado y docente universidad de La Guajira Extensión Maicao

Maicao, Septiembre 13 de 2009.

Noticias de la Policía Nacional

Riohacha, 14 de Septiembre de 2009.
Comunicado No. 257


CAPTURADO POR PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO.

El día de ayer, en horas de la mañana, en el corregimiento de Cotoprix, jurisdicción del municipio de Riohacha, unidades de la Policía Nacional, lograron la captura de un ciudadano de 52 años de edad; a quien se le halló en su poder un arma de fuego clase revolver marca Smith Wesson calibre 38L; sin permiso para porte o tenencia. Caso fue dejado a disposición de la autoridad judicial competente.

200 GALONES DE COMBUSTIBLE DE CONTRABANDO LOS INCAUTADOS EN LA GUAJIRA

Fonseca. En la aplicación de diferentes planes tendientes a contrarrestar el tráfico de hidrocarburo de contrabando en las últimas horas la Policía nacional, logra la incautación de 200 galones de gasolina avaluados en $1 millón de pesos.

El operativo se realizo en la calle 13 con carrera 19 barrio 1 de Julio, en este hecho fueron capturadas dos personas de 19 y 46 años de edad; caso dejado a disposición de la autoridad judicial competente.

Otras informaciones:

INSPECCIÓN JUDICIAL A CADAVER.

Riohacha. El día de ayer en horas de la mañana, en las instalaciones de un centro asistencial; personal de la Policía Nacional, practicaron inspección técnica a cadáver que en vida respondía al nombre de HUMBERTO JAVIER GONZÁLEZ GAMEZ, natural y residente en Riohacha, de 18 años de edad; quien presentaba una herida en la cabeza producida con arma de fuego, ocurrido el día jueves 10 de Septiembre del presente año, en la carrera 12 con calle 14 barrio Libertador. Hechos son materia de investigación.


PERSONA MUERTA EN ACCIDENTE DE TRANSITO.

Riohacha. El día de ayer en horas de la noche, en la vía que de Riohacha conduce a Paraguachon, altura del kilometro 26+950 metros, ocurrió accidente de tránsito clase atropello donde se vio involucrado vehículo clase camioneta de placas RHC-359 modelo 2005 color blanco conducido por un ciudadano de 45 años de edad, quien resulto ileso, el cual atropello y causo muerte al ciudadano LUIS PRUDENCIO BOURIYU URARIYU de 27 años de edad, residente en el kilometro 27 ranchería la Sabana vía Riohacha-Paraguachon, caso a disposición autoridad competente.

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