Entrevista realizada en "Buenos Días Maicao" al Ingeniero de Minas Danny López sobre las riquezas minerales de La Guajira.
viernes, 12 de junio de 2009
jueves, 11 de junio de 2009
Maicao, un solo fallo y tres escenarios posibles
Por: José Carlos Molina
Los habitantes de la ciudad fronteriza están a la espera del fallo de segunda instancia de un proceso electoral que cursa en el Consejo de Estado, donde se define la suerte política administrativa del cargo de alcalde municipal de Maicao. Como es de conocimiento público el alcalde electo fue suspendido temporalmente mientras se define de fondo el citado proceso electoral.
Es normal en estos casos que se genere incertidumbre por el resultado final del proceso jurídico y ello siempre termina afectando la administración del municipio; lo que algunos ciudadanos han denominado: “INGOBERNABILIDAD”.
He tomado la decisión sin que nadie me lo haya solicitado, (quizás solo por mi vocación de docente), de opinar sobre lo que pudiera ocurrir como resultado del fallo de segunda instancia y definitivo, del proceso jurídico que mantiene en vilo a Maicao.
He hablado de tres (3) escenarios posibles que se pudieran desprender del fallo del honorable CONSEJO DE ESTADO y son los siguientes:
Que se confirme el fallo de primera instancia emitido por el tribunal Administrativo de La Guajira y de esa forma se reintegre a su cargo el alcalde electo suspendido y continúe para el resto del periodo institucional al que fue elegido.
Que se declare La nulidad del acto de inscripción del candidato que resultó elegido y como consecuencia de ello, se ordene por el CONSEJO DE ESTADO Nuevos escrutinios y por esa opción resulte elegida la candidata MAGALI PALACIO.
Que se declare La nulidad del acto de inscripción del candidato que resultó elegido y como consecuencia de ello se convoque a nuevas elecciones por lo que resta del periodo constitucional.
Una de las hipótesis que ha hecho carrera en estos días en la ciudad, es que el CONSEJO DE ESTADO se demore en expedir el fallo revocando la sentencia de primera instancia y no sea posible convocar a nuevas elecciones y se proceda a designar a un alcalde para lo que resta del periodo. Frente a esa conjetura lo mejor es mirar la norma Constitucional y la Ley:
Miremos que dice nuestra constitución en el artículo 314: < href="http://www.esap.edu.co/leyes/05001-23-15-000-2001-0387-01(3041).HTM">3 del Acto Legislativo No. 2 de 2002. El nuevo texto es el siguiente:> En cada municipio habrá un alcalde, jefe de la administración local y representante legal del municipio, que será elegido popularmente para PERÍODOS INSTITUCIONALES de cuatro (4) años, y no podrá ser reelegido para el período siguiente.
Siempre que se presente FALTA ABSOLUTA a más de dieciocho (18) meses de la terminación del período, se elegirá alcalde para el tiempo que reste. En caso de que faltare menos de dieciocho (18) meses, el gobernador DESIGNARÁ un alcalde para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el alcalde elegido”. Subrayado y negrilla fuera del texto original.
Ese artículo de nuestra constitución nos aclara la situación sobre la hipótesis y lo explico de la siguiente manera: Para que no se puedan dar nuevas elecciones el fallo revocatorio debe proferirse faltando menos de 18 meses de terminación del periodo constitucional del alcalde electo; es decir en el mes de agosto del año 2010. No creo que con los límites que estableció nuestra legislación constitucional para los fallos electorales se prolongue hasta esa fecha la decisión del Consejo de Estado. A mi juicio descartada esa hipótesis.
Hemos hablado de incertidumbre, precisamente porque nadie sabe a ciencia cierta cual será el resultado del fallo electoral. Los comentarios de las esquinas, las terrazas, los kioscos, la plaza, las parrandas, etc., son pura y simple especulación, producida por el interés personal del resultado.
Sin embargo en todos esos debates, de los lugares citados, escucha uno unas disquisiciones jurídicas interesantes, que a más de uno nos dejan pensando por la coherencia argumentativa. Por ejemplo a un experimentado hombre de la política regional, le escuché un argumento de puro sentido común:
¿Qué pasaría si el honorable Consejo de Estado en su infinita sabiduría define confirmar el fallo de primera instancia expedido por el Tribunal Administrativo de La Guajira, con los funcionarios actuales o futuro que tenga o llegaren a tener alguna inhabilidad?
¿Tendría algún sentido que la Procuraduría establezca sanciones disciplinaria si el sancionado puede inscribirse y participar en elecciones?
¿Podría ocupar cargo público quien esté sancionado por la procuraduría?
Quienes defiende la tesis que el Alcalde electo, doctor OVIDIO MEJÍA, no estaba inhabilitado al momento de la inscripción, aseguran que en razón a que la inscripción (Disculpen la redundancia) de una candidatura no implica el ejercicio de una función pública.
Luego la prohibición establecida en el artículo 95 de la ley 136 del año 1994, que fue modificado por el art. 37 de la ley 617 del año 2000, no tiene operancia, o efectos jurídicos, pues simplemente correspondía a una HABILITACIÓN PARA PARTICIPAR EN LA CONTIENDA ELECTORAL, sin que ello implicara el ejercicio de funciones públicas. Dicho en otros términos:
La prohibición señalada es para desempeñar funciones públicas y en el momento de la inscripción el candidato no estaría ejerciendo; cuando eso ocurriera (al momento de ejercer), ya él no estaría suspendido, porque la suspensión del doctor Ovidio tenía vigencia hasta el 26 de agosto y las elecciones fueron el 27 de octubre de 2007 y gobernaría a partir del 1° de enero de 2008, cuando ya no estaba suspendido.
Quienes opinan lo contrario, se remiten a lo establecido en el citado artículo 95 de la ley 136 de 1994, primer párrafo, que dice:
"Artículo 95. Inhabilidades para ser alcalde. No podrá ser INSCRITO como candidato, ni elegido, ni designado alcalde municipal o distrital: (negrilla y subrayado fuera del texto origina).
Como se puede observar la prohibición incluye la inscripción, lo que condujo al honorable Consejo de Estado a ordenar la suspensión mientras se define de fondo el proceso electoral.
Amable y paciente lector, como puede observar, este tema se presta para debatir largo y tendido, pero no quiero abusar de su generosidad al disponer del tiempo que le dedica a esta lectura, por ello, solo quiero referirme para terminar a los términos (O tiempo para fallar los procesos electorales) establecidos en nuestra Constitución y el Código Contencioso Administrativo:
Nuestra Constitución, que es la norma superior y de mayor jerarquía, dispuso para los procesos electorales en el conocido Acto Legislativo 01 del año 2003, en el artículo 14 lo siguiente:
Parágrafo. La jurisdicción contencioso administrativa decidirá la acción de nulidad electoral en el término máximo de un (1) año.
En los casos de única instancia, según la ley, el término para decidir no podrá exceder de seis (6) meses.
Fíjese usted mi querido lector(a), este proceso cumplió un año el día 5 de diciembre de 2008. Pudiera citar los términos establecido en el artículo 242.- Término para fallar, del CCA, pero no tiene sentido. Lo único cierto es, lo que se comenta en la ciudad: Ese proceso electoral está en el congelador hasta nueva orden.
Que Dios no agarre confesado.
Los habitantes de la ciudad fronteriza están a la espera del fallo de segunda instancia de un proceso electoral que cursa en el Consejo de Estado, donde se define la suerte política administrativa del cargo de alcalde municipal de Maicao. Como es de conocimiento público el alcalde electo fue suspendido temporalmente mientras se define de fondo el citado proceso electoral.
Es normal en estos casos que se genere incertidumbre por el resultado final del proceso jurídico y ello siempre termina afectando la administración del municipio; lo que algunos ciudadanos han denominado: “INGOBERNABILIDAD”.
He tomado la decisión sin que nadie me lo haya solicitado, (quizás solo por mi vocación de docente), de opinar sobre lo que pudiera ocurrir como resultado del fallo de segunda instancia y definitivo, del proceso jurídico que mantiene en vilo a Maicao.
He hablado de tres (3) escenarios posibles que se pudieran desprender del fallo del honorable CONSEJO DE ESTADO y son los siguientes:
Que se confirme el fallo de primera instancia emitido por el tribunal Administrativo de La Guajira y de esa forma se reintegre a su cargo el alcalde electo suspendido y continúe para el resto del periodo institucional al que fue elegido.
Que se declare La nulidad del acto de inscripción del candidato que resultó elegido y como consecuencia de ello, se ordene por el CONSEJO DE ESTADO Nuevos escrutinios y por esa opción resulte elegida la candidata MAGALI PALACIO.
Que se declare La nulidad del acto de inscripción del candidato que resultó elegido y como consecuencia de ello se convoque a nuevas elecciones por lo que resta del periodo constitucional.
Una de las hipótesis que ha hecho carrera en estos días en la ciudad, es que el CONSEJO DE ESTADO se demore en expedir el fallo revocando la sentencia de primera instancia y no sea posible convocar a nuevas elecciones y se proceda a designar a un alcalde para lo que resta del periodo. Frente a esa conjetura lo mejor es mirar la norma Constitucional y la Ley:
Miremos que dice nuestra constitución en el artículo 314: < href="http://www.esap.edu.co/leyes/05001-23-15-000-2001-0387-01(3041).HTM">3 del Acto Legislativo No. 2 de 2002. El nuevo texto es el siguiente:> En cada municipio habrá un alcalde, jefe de la administración local y representante legal del municipio, que será elegido popularmente para PERÍODOS INSTITUCIONALES de cuatro (4) años, y no podrá ser reelegido para el período siguiente.
Siempre que se presente FALTA ABSOLUTA a más de dieciocho (18) meses de la terminación del período, se elegirá alcalde para el tiempo que reste. En caso de que faltare menos de dieciocho (18) meses, el gobernador DESIGNARÁ un alcalde para lo que reste del período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el alcalde elegido”. Subrayado y negrilla fuera del texto original.
Ese artículo de nuestra constitución nos aclara la situación sobre la hipótesis y lo explico de la siguiente manera: Para que no se puedan dar nuevas elecciones el fallo revocatorio debe proferirse faltando menos de 18 meses de terminación del periodo constitucional del alcalde electo; es decir en el mes de agosto del año 2010. No creo que con los límites que estableció nuestra legislación constitucional para los fallos electorales se prolongue hasta esa fecha la decisión del Consejo de Estado. A mi juicio descartada esa hipótesis.
Hemos hablado de incertidumbre, precisamente porque nadie sabe a ciencia cierta cual será el resultado del fallo electoral. Los comentarios de las esquinas, las terrazas, los kioscos, la plaza, las parrandas, etc., son pura y simple especulación, producida por el interés personal del resultado.
Sin embargo en todos esos debates, de los lugares citados, escucha uno unas disquisiciones jurídicas interesantes, que a más de uno nos dejan pensando por la coherencia argumentativa. Por ejemplo a un experimentado hombre de la política regional, le escuché un argumento de puro sentido común:
¿Qué pasaría si el honorable Consejo de Estado en su infinita sabiduría define confirmar el fallo de primera instancia expedido por el Tribunal Administrativo de La Guajira, con los funcionarios actuales o futuro que tenga o llegaren a tener alguna inhabilidad?
¿Tendría algún sentido que la Procuraduría establezca sanciones disciplinaria si el sancionado puede inscribirse y participar en elecciones?
¿Podría ocupar cargo público quien esté sancionado por la procuraduría?
Quienes defiende la tesis que el Alcalde electo, doctor OVIDIO MEJÍA, no estaba inhabilitado al momento de la inscripción, aseguran que en razón a que la inscripción (Disculpen la redundancia) de una candidatura no implica el ejercicio de una función pública.
Luego la prohibición establecida en el artículo 95 de la ley 136 del año 1994, que fue modificado por el art. 37 de la ley 617 del año 2000, no tiene operancia, o efectos jurídicos, pues simplemente correspondía a una HABILITACIÓN PARA PARTICIPAR EN LA CONTIENDA ELECTORAL, sin que ello implicara el ejercicio de funciones públicas. Dicho en otros términos:
La prohibición señalada es para desempeñar funciones públicas y en el momento de la inscripción el candidato no estaría ejerciendo; cuando eso ocurriera (al momento de ejercer), ya él no estaría suspendido, porque la suspensión del doctor Ovidio tenía vigencia hasta el 26 de agosto y las elecciones fueron el 27 de octubre de 2007 y gobernaría a partir del 1° de enero de 2008, cuando ya no estaba suspendido.
Quienes opinan lo contrario, se remiten a lo establecido en el citado artículo 95 de la ley 136 de 1994, primer párrafo, que dice:
"Artículo 95. Inhabilidades para ser alcalde. No podrá ser INSCRITO como candidato, ni elegido, ni designado alcalde municipal o distrital: (negrilla y subrayado fuera del texto origina).
Como se puede observar la prohibición incluye la inscripción, lo que condujo al honorable Consejo de Estado a ordenar la suspensión mientras se define de fondo el proceso electoral.
Amable y paciente lector, como puede observar, este tema se presta para debatir largo y tendido, pero no quiero abusar de su generosidad al disponer del tiempo que le dedica a esta lectura, por ello, solo quiero referirme para terminar a los términos (O tiempo para fallar los procesos electorales) establecidos en nuestra Constitución y el Código Contencioso Administrativo:
Nuestra Constitución, que es la norma superior y de mayor jerarquía, dispuso para los procesos electorales en el conocido Acto Legislativo 01 del año 2003, en el artículo 14 lo siguiente:
Parágrafo. La jurisdicción contencioso administrativa decidirá la acción de nulidad electoral en el término máximo de un (1) año.
En los casos de única instancia, según la ley, el término para decidir no podrá exceder de seis (6) meses.
Fíjese usted mi querido lector(a), este proceso cumplió un año el día 5 de diciembre de 2008. Pudiera citar los términos establecido en el artículo 242.- Término para fallar, del CCA, pero no tiene sentido. Lo único cierto es, lo que se comenta en la ciudad: Ese proceso electoral está en el congelador hasta nueva orden.
Que Dios no agarre confesado.
Seguimiento a proyectos en la Alta Guajira inicia el Vicepresidente Santos
Boletín de Prensa
· En su recorrido por varios corregimientos del municipio de Uribia, el Vicepresidente Francisco Santos hará el cierre de la jornada de cedulación y registro, que liderada por su despacho en asocio con la Registraduría Nacional y el Ministerio de Protección Social, permitió que se expidieran 43 mil nuevos documentos de identificación para los indígenas Wayúu y se abrieran más de 21 mil nuevos cupos en el Régimen Subsidiado de Salud.
Bogotá, 10 junio - Examinar los avances de los proyectos que en agua, energía, educación y salud se desarrollan en este momento en el municipio de Uribia, Alta Guajira, será el objetivo de la gira que hará el Vicepresidente de la República, Francisco Santos Calderón, los días 11 y 12 de junio, por varios corregimientos de la región.
La puesta en marcha de estos proyectos hace parte del Plan de Desarrollo Social de la Alta Guajira, liderado por la Vicepresidencia de la República en asocio con la Corporación Andina de Fomento (CAF), y cuya finalidad es mejorar la calidad de vida de los indígenas Wayúu.
El jueves 11 de junio, en el Cabo de la Vela, el Vicepresidente hará el cierre simbólico de la jornada de Registro y Cedulación, iniciativa que bajo su coordinación logró que en 10 meses se expidieran 43 mil nuevos documentos de identificación para los indígenas Wayúu (entre cédulas, tarjetas de identidad y registros civiles); y se abrieran más de 21 mil nuevos cupos en el Régimen Subsidiado de Salud.
El Vicepresidente Santos se había comprometido con la comunidad Wayúu en abril de 2008, a adelantar este proyecto de identificación y ampliación de la cobertura en salud antes de diciembre de 2009.
El Gobierno Nacional cumplió con este compromiso seis meses antes de lo previsto, gracias a la participación de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Ministerio de Protección Social, la Gobernación de la Guajira y la Alcaldía de Uribia, mediante la realización de visitas a más de 45 poblaciones indígenas.
Santos Calderón también se reunirá con la comunidad del corregimiento de Nazareth y Puerto Estrella, para revisar la puesta en marcha de redes de distribución energética que llevarán luz a casi 3 mil habitantes de esta zona.
El viernes 12 de junio, el funcionario visitará la comunidad estudiantil del corregimiento de Siapana, donde revisará el progreso del proyecto en energía solar y el fortalecimiento del internado de esta población.
El Vicepresidente finalizará su recorrido en Jojoncito, en donde examinará el estado actual de la contracción de un reservorio de agua y de una planta potabilizadora que beneficiará a una comunidad de 500 personas.
Acompañarán a Santos el Vicepresidente Corporativo de la CAF; el Gobernador de la Guajira, Jorge Pérez Bernier; la Alcaldesa de Uribia, Cielo Redondo, entre otros funcionarios del gobierno nacional y regional.
· En su recorrido por varios corregimientos del municipio de Uribia, el Vicepresidente Francisco Santos hará el cierre de la jornada de cedulación y registro, que liderada por su despacho en asocio con la Registraduría Nacional y el Ministerio de Protección Social, permitió que se expidieran 43 mil nuevos documentos de identificación para los indígenas Wayúu y se abrieran más de 21 mil nuevos cupos en el Régimen Subsidiado de Salud.
Bogotá, 10 junio - Examinar los avances de los proyectos que en agua, energía, educación y salud se desarrollan en este momento en el municipio de Uribia, Alta Guajira, será el objetivo de la gira que hará el Vicepresidente de la República, Francisco Santos Calderón, los días 11 y 12 de junio, por varios corregimientos de la región.
La puesta en marcha de estos proyectos hace parte del Plan de Desarrollo Social de la Alta Guajira, liderado por la Vicepresidencia de la República en asocio con la Corporación Andina de Fomento (CAF), y cuya finalidad es mejorar la calidad de vida de los indígenas Wayúu.
El jueves 11 de junio, en el Cabo de la Vela, el Vicepresidente hará el cierre simbólico de la jornada de Registro y Cedulación, iniciativa que bajo su coordinación logró que en 10 meses se expidieran 43 mil nuevos documentos de identificación para los indígenas Wayúu (entre cédulas, tarjetas de identidad y registros civiles); y se abrieran más de 21 mil nuevos cupos en el Régimen Subsidiado de Salud.
El Vicepresidente Santos se había comprometido con la comunidad Wayúu en abril de 2008, a adelantar este proyecto de identificación y ampliación de la cobertura en salud antes de diciembre de 2009.
El Gobierno Nacional cumplió con este compromiso seis meses antes de lo previsto, gracias a la participación de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Ministerio de Protección Social, la Gobernación de la Guajira y la Alcaldía de Uribia, mediante la realización de visitas a más de 45 poblaciones indígenas.
Santos Calderón también se reunirá con la comunidad del corregimiento de Nazareth y Puerto Estrella, para revisar la puesta en marcha de redes de distribución energética que llevarán luz a casi 3 mil habitantes de esta zona.
El viernes 12 de junio, el funcionario visitará la comunidad estudiantil del corregimiento de Siapana, donde revisará el progreso del proyecto en energía solar y el fortalecimiento del internado de esta población.
El Vicepresidente finalizará su recorrido en Jojoncito, en donde examinará el estado actual de la contracción de un reservorio de agua y de una planta potabilizadora que beneficiará a una comunidad de 500 personas.
Acompañarán a Santos el Vicepresidente Corporativo de la CAF; el Gobernador de la Guajira, Jorge Pérez Bernier; la Alcaldesa de Uribia, Cielo Redondo, entre otros funcionarios del gobierno nacional y regional.
miércoles, 10 de junio de 2009
Vicepresidente Francisco Santos inicia gira por la Alta Guajira
EL VICEPRESIDENTE INSPECCIONARA EL AVANCE DE LOS PROYECTOS QUE SE ADELANTAN EN LA ALTA GUAJIRA EN MATERIA DE AGUA, ENERGIA Y SALUD.
Boletín de prensa
Boletín de prensa
Acompañado del Señor Gobernador, Jorge Perez Bernier, La Alcaldesa de Uribia, Cielo Redondo, Altos funcionarios del gobierno nacional y miembros de los gabinetes municipal y departamental, Francisco Santos Calderón, cumplirá con una apretada agenda de dos días en la Alta Guajira con el fin de hacer seguimiento a los distintos proyectos y obras que conforman el denominado Programa de Desarrollo Social que lidera la Vicepresidencia de la República en este departamento.
El próximo jueves 11 de junio se inicia este recorrido que tiene como principal incentivo el cierre simbólico de la jornada de registro- cedulación y ampliación de cobertura en salud con la presencia del Ministro de Protección Diego Palacio y el Registrador Nacional, Carlos Ariel Sánchez. En el Cabo de la Vela se presentara un video de las jornadas realizadas y se entregaran cedulas. Así mismo, la Viceministra de Aguas, Leyla Rojas Molano, presentará el estado del proyecto de reservorio para el Cabo. De la misma manera se concertará el proyecto de interconexión eléctrica, que contará con la presencia de Felipe Acosta, Gerente de la empresa Energía de Cundinamarca.
En horas de la tarde la comitiva se dirigirá a Nazareth para recorrer las redes de distribución y en el auditorio del Internado se hará seguimiento a la fase de generación del proyecto de energía en Nazareth. También se espera que el Vicepresidente visite el Hogar Infantil, donde se presentará el Proyecto de construcción del nuevo Hogar y se reunirá con los padres de familia para atender sus inquietudes.
El viernes 12 de junio, en el Internado de Siapana, presidirá la ceremonia de graduación de los estudiantes y hará importantes anuncios como el de Proyecto de fortalecimiento del Internado de Siapana. Se hará seguimiento al proyecto de energía alternativa para el internado y al proyecto productivo concertado con la Fundación Alpina que contara con la presencia del Dr Eduardo Díaz Uribe, presidente de la Fundación y Asesor del programa de seguridad alimentaria La Guajira sin Jamushiri.
Finalizando este recorrido en la comunidad de Jonjoncito, el Vicepresidente se reunirá con las comunidades a beneficiarse con la construcción del reservorio de Amulamana, aquí la Viceministra de Agua, Leyla Rojas, presentará una rendición de cuentas sobre el estado actual del reservorio con planta potabilizada.
El próximo jueves 11 de junio se inicia este recorrido que tiene como principal incentivo el cierre simbólico de la jornada de registro- cedulación y ampliación de cobertura en salud con la presencia del Ministro de Protección Diego Palacio y el Registrador Nacional, Carlos Ariel Sánchez. En el Cabo de la Vela se presentara un video de las jornadas realizadas y se entregaran cedulas. Así mismo, la Viceministra de Aguas, Leyla Rojas Molano, presentará el estado del proyecto de reservorio para el Cabo. De la misma manera se concertará el proyecto de interconexión eléctrica, que contará con la presencia de Felipe Acosta, Gerente de la empresa Energía de Cundinamarca.
En horas de la tarde la comitiva se dirigirá a Nazareth para recorrer las redes de distribución y en el auditorio del Internado se hará seguimiento a la fase de generación del proyecto de energía en Nazareth. También se espera que el Vicepresidente visite el Hogar Infantil, donde se presentará el Proyecto de construcción del nuevo Hogar y se reunirá con los padres de familia para atender sus inquietudes.
El viernes 12 de junio, en el Internado de Siapana, presidirá la ceremonia de graduación de los estudiantes y hará importantes anuncios como el de Proyecto de fortalecimiento del Internado de Siapana. Se hará seguimiento al proyecto de energía alternativa para el internado y al proyecto productivo concertado con la Fundación Alpina que contara con la presencia del Dr Eduardo Díaz Uribe, presidente de la Fundación y Asesor del programa de seguridad alimentaria La Guajira sin Jamushiri.
Finalizando este recorrido en la comunidad de Jonjoncito, el Vicepresidente se reunirá con las comunidades a beneficiarse con la construcción del reservorio de Amulamana, aquí la Viceministra de Agua, Leyla Rojas, presentará una rendición de cuentas sobre el estado actual del reservorio con planta potabilizada.
Compromiso ético con el trabajo
Por: Milton José Ortega Daza
Diariamente el ser humano demuestra habilidades que lo hacen único e irremplazable en el ámbito laboral, demostrando sentido de pertenencia en la empresa que le da el sustento y posiblemente no lo hace por ese motivo que es importante sino que da a conocer su verdadera esencia donde lo que prima es el compromiso personal que se puede convertir en uno grupal, ya que en la manifestación; es decir en la forma de ser del individuo puede lograr que los resultados sean positivos o negativos, normalmente lo que se espera es excelencia para que todo lo que se propongan lo puedan alcanzar, en general motívate y motivarás a los que están a tu alrededor recuerda que lo realmente significante son las obras que se pueden realizar que vayan en pro de la humanidad.
AUTOR: MILTON JOSÉ ORTEGA DAZA
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