miércoles, 24 de marzo de 2010

SENA estrena Aula Móvil de Electrónica en la Frontera con Venezuela

• Jóvenes se forman en Ensamble y Mantenimiento de computadores.

Riohacha, 23 de marzo de 2010.- “Realmente nos honra que vamos a estrenar un aula, un laboratorio. Nunca habíamos tenido esta oportunidad y gracias al SENA por dignarse llegar hasta es humilde corregimiento de Paraguachón a traernos emprendimiento” fueron las palabras del aprendiz Ubaldo Galvis, quien con ansiedad esperaba conocer los equipos de dotación del aula Móvil de Electrónica que cambiará el norte a muchas familias en la zona fronteriza con Venezuela.

Con la entrega y puesta en funcionamiento de esta Aula el SENA participa activamente en el Plan Frontera trazado el año anterior conjuntamente con instituciones como la Alcaldía de Maicao, La Gobernación de La Guajira y el Ministerio de Relaciones Exteriores como respuesta a una comunidad que pidió la presencia del Estado colombiano.

En esta oportunidad inician formación 38 jóvenes de la comunidad que además de aprender Electrónica tendrán complemento en Emprendimiento para la generación de unidades productivas a través de las cuales puedan atender el mercado del municipio de Maicao.

Adicionalmente a la instalación del aula, el SENA donó 20 equipos de cómputo, que fueron con los cuales los aprendices desarrollarán sus prácticas de reparación y ensamble durante el proceso de formación.

El Aula Móvil y los equipos fueron ubicados en la Casa de la Cultura donde la Directora Regional, Linda Tromp Villarreal, hizo entrega formal al Corregidor, Joel Gutiérrez Suárez, al comandante de la Policía de ese corregimiento y a la Secretaría de Educación municipal de Maicao.

De acuerdo con la programación establecida, el Aula Móvil estará en la población fronteriza durante un mes y posteriormente será enviada a otra comunidad para llevar Conocimiento y Emprendimiento a los guajiros de manera gratuita y sin ocasionar gastos en transporte para recibir la formación.

martes, 23 de marzo de 2010

Simón Bolívar: apuntes sobre su pensamiento

Por: Alejandro Rutto Martínez

En la vida se puede ser defensor y admirador de las tiranías o admirador y seguidor del pensamiento del Libertador Simón Bolívar, pero es bien difícil tener las dos posiciones al mismo tiempo. Por lo menos es lo que se puede inferir cuando profundizamos en los escritos y en la filosofía misma del más importante hombre de la gesta de la independencia en el continente americano.

Bolívar defendió la causa de la libertad y en este empeño ofrendó su fortuna, su tranquilidad y su salud. Cada día de su existencia lo pasó pensando en la Libertad de los pueblos y su pensamiento lo plasmó en importantes documentos que hoy siguen siendo la expresión de su talante de hombre libertario, emancipador y defensor de la libertad no solo de las naciones sino de los ciudadanos.

Hagamos una revisión del pensamiento del Genio de las Américas a través de sus propios escritos que es, por supuesto, la mejor forma de conocerlo.

El primero es un llamado a la fraternidad ya la aceptación de todo el que pueda cooperar con el desarrollo de Caracas, su amada ciudad: “…Caracas no solo ha convidado, sino que desea ver entrar por sus puertas a todos los hombres útiles que vengan a buscar asilo entre nosotros, y ayudarnos con su industria y sus conocimientos, sin inquirir cuál sea la parte del mundo que les haya dado vida” (20 de septiembre de 1.813)

Y qué tal éste, fechado el 2 de enero de 1.814: “Huíd del país donde uno sólo ejerza todos los poderes: es un país de esclavos”. Un país de esclavos, tal es el calificativo que el Padre de la Patria le ha dado al pueblo en donde el poder esté concentrado en una sola persona. Hoy, en pleno siglo XXI no es un imposible conseguir territorios gobernados de esta repudiable forma.

Bolívar odiaba por igual la guerra y la tiranía, aunque participó en la primera para combatir la segunda. La siguiente frase, de diciembre 17 de 1.814, resume su postura frente a estas dos miserias de la humanidad: “…aunque la guerra es el compendio de todos los males, la tiranía es el compendio de todas las guerras”.

El discípulo de Andrés Bello y Simón Rodríguez utilizó la fuerza para obtener la libertad de las naciones americanas, pero entre la fuerza y la virtud, prefirió la segunda, a juzgar por esta frase escrita el 15 de febero de 1.819: “La felicidad consiste en la práctica de la virtud;…las buenas costumbres, y no la fuerza, son las columnas de las leyes…”

Una de las tentaciones de todo gobernante es embraiagarse de poder. A ellos parece hablarles con este pensamiento llevado al papel en 1.825: “No quiero exceder los límites de mis derechos, que, por lo mismo que mi situación es elevada, aquellos son más estrechos”.

Y del mismo documento extractamos la siguiente máxima: “La suerte me ha colocado en el ápice del poder, pero no quiero tener otros derechos que los del más simple ciudadano”.

Después de escudriñar el pensamiento de Bolívar podemos afirmarnos en lo dicho: se puede ser bolivariano; o se puede sentir desprecio por los derechos colectivos. Pero no se pueden tener las dos posturas al mismo tiempo.

En la Alta Guajira: Combates entre el Ejército y las bandas criminales dejan un muerto y un herido

Santa Marta, 23 de marzo de 2010. Tras Fuertes combates registrados desde el día anterior en el municipio de Uribia, Guajira, tropas de la Primera División del Ejército dio de baja a un integrante de las bandas criminales al servicio del narcotráfico y capturó otro herido, aún sin identificar.

En las operaciones desarrolladas a 25 minutos de las narco-pistas ubicadas la semana anterior por soldados del Grupo Matamoros, adscrito a la Décima Brigada Blindada, también se incautaron cinco armas largas tipo fusiles (un G-3, un Galil, un M-16, dos carabinas y una escopeta), munición para los mismos y uniformes de la guardia venezolana, además de fortificaciones y construcciones de la banda criminal.

Los dos sujetos heridos en combate fueron rescatados inicialmente con vida por el Ejército, que los trasladó al hospital de Maicao, donde falleció uno horas más tarde.

El duro golpe lo propinó el Ejército tras intensas labores de inteligencia que vienen realizando las tropas en la Alta Guajira, desde donde se coordina las operaciones contra las bandas criminales al servicio del narcotráfico “Los Paisas”, al mando de alias “Pablo” u “Hombre del Desierto”.

El Comandante de la Primera División, resaltó el trabajo de los militares y dijo que este golpe logra debilitar la estructura criminal en la Alta Guajira y cobra mucha importancia porque las bandas criminales quieren hacer de esta región limítrofe con el vecino país, un puerto de embarque para el narcotráfico.

El que al NANDO ganador se arrima

Por: Edwin Solano García

Ha culminado el día esperado por muchos colombianos, el 14 de marzo de 2010, fecha en que los aspirantes a conformar el congreso de nuestro país, movilizaron su potencial electoral hacia las urnas de votación para ser elegidos como senadores o representantes a la cámara.

Quisiera detenerme en los resultados obtenidos en cada uno de los departamentos, pero por practicidad de los lectores nos concentraremos en los resultados de nuestro territorio guajiro y en especial el del municipio de Maicao. En dicho territorio las precitadas elecciones estuvieron rodeadas de componentes adicionales a lo electoral, debido a situaciones de rivalidad entre los ya identificados movimientos políticos que se desenvuelven en el departamento y en Maicao.

Inicialmente dialoguemos sobre el tema del senado, para lo cual es necesario mencionar las aspiraciones del Señor Jorge Ballesteros Bernier, primo hermano e inicialmente compañero de grupo de Jorge Pérez, posteriormente rival político del actual Gobernador del Departamento, impulsador de la destitución por fraude electoral del ex gobernador Hernando Deluque Freile, padrino de la candidatura a la gobernación de José Luis González Crespo, Senador electo patrocinado y casi impuesto por su ahijado “el chinito”, sorpresivamente verdugo político de este ultimo, derrotando a su candidato Miguel Murgas con el entonces candidato y hoy Gobernador, con quien hizo pacto de paz, promocionándolo como la mejor alternativa para la Guajira, cuando años atrás convenció a los guajiros de que no había un ser tan perjudicial para el Departamento como el que el que hoy es su jefe político.

Estoy revisando en este momento los boletines oficiales de la registraduria y la Guajira en cabeza de su candidato, ha obtenido una curul al senado con el controvertido Partido de la U, esto para muchos es digno de celebración, mientras que para otros es causa de tristeza al ver que sus deseos de ver derrotado a Jorge Ballesteros no fueron posibles, debido a que su partido lo arrastró en el puesto 25 con una votación de 34.373 votos. En lo personal pienso que será bueno para los guajiros esta elección siempre y cuando el reelegido senador guajiro, demuestre que realmente es el nuestro, independientemente que todo el pueblo no lo haya apoyado y que en las calles se reclame el hecho de que sólo aparezca en tiempos de elecciones para obtener un beneficio propio o en contra de aquellos que en algún momento estuvieron de su lado y hoy son opositores de aquel a quien consideraron en algún momento como el de ellos.

En cuanto a la Cámara de representantes, en la Guajira, el ejercicio electoral estuvo impregnado de suspenso, intriga y desafío entre las cabezas directivas del Grupo del Gobernador, quien de una manera astuta y estratégica organizó las listas aspirantes a esta corporación, contemplando la posibilidad de que ambas listas le aportaran un representante de su manejo y confianza. En la lista liberal se dijo desde el principio que todo estaba dado para que Jimmy Sierra Palacio obtuviera la curul, sin embargo en una etapa de la campaña se llegó a pensar que el amigo Wilmer González Brito acabaría con esta ilusión de Jorge Pérez debido a que Chichi, como lo llaman en Uribía, pareciera repuntar, esto se afianzó aun más con los hechos al interior de la lista, tales como la renuncia a la candidatura de Chacho Brito y la constante amenaza de la inhabilidad de Jimmy. Al final los resultados coincidieron con los rumores manejados desde el principio, el candidato Sierra Palacios, arrasó y aplastó las esperanzas de los uribieros y de muchos guajiros, pues superó a su único contendor en la lista con una votación total de 26.905 sufragios contra 14.798 votos de Wilmer.

Estos resultados ratifican el actual poderío político del Gobernador Guajiro, y a su vez, a pesar que estas elecciones no deberían definir el futuro político, sí preocupa el hecho de que los uribieros no hayan acompañado masivamente a su paisano, quien para muchos repetiría como candidato y nuevamente Alcalde de Uribía.

En el orden de la Cámara regional, continúa la lista del partido de la U, la cual considero la más difícil de predecir durante la pasada campaña, esto debido a que los pronósticos iníciales de los analistas políticos de nuestras calles guajiras, indicaban que el trabajo electoral de esta lista iría encaminado a la victoria de Alfredo De Luque, hijo del ex gobernador Hernando “Nando” De Luque, quien en noviembre de 2009, se vino a vivir a Maicao, como lo manifiestan abiertamente los seguidores de Nueva Guajira, con el fin de asegurar y dar la estocada final para la victoria del Grupo Compromiso Serio, quien disputaba en ese entonces la Alcaldía de Maicao, con Eurípides Pulido y su Grupo.

Todo estos pronósticos se tornaron en una guerra política campal entre los miembros de Nueva Guajira, cuando contrario a lo que pensaba Nando De Luque, su amigo Ovidio Mejía, luchaba a capa y espada, recorriendo cada uno de los rincones de la Guajira, con el fin de obtener, arrancar o voltear los votos a favor del otro Nando, quien fue su candidato. A los finales aquellos que en noviembre se unieran para derrotar por 5.000 votos, (pronosticados de manera chabacana y sin conocimiento de fondo por el conocido muñeco), a su único contendiente político del momento, hace unos días atrás se disputaban unos cuantos votos, para definir quien realmente maneja el electorado en la Guajira.

Hoy, ya hay resultados claros y a pesar de que apoyé un candidato a la Cámara por negritudes, deseaba en el fondo que el ganador de la curul regional por este partido, fuera un maicaero, o sea Nando Salom, sin embargo los 21.646 votos de Alfredo y los seguidores de su Padre dejaron un mensaje claro al interior del grupo de Jorge Pérez Bernier, en esa colectividad grupal, la gratitud no es uno de los valores que rigen el movimiento, por ello era necesario demostrar con votos quien manda a quien, y si ustedes no lo han identificado, creo que nuestro gobernador y Nando, (no me refiero al candidato), en nueva Guajira o como se llame actualmente, definen la ruta política de su movimiento.

Por mi parte, manifiesto mi tristeza por no poder celebrar a mi manera, la obtención de la curul de mi candidato por las negritudes, sin embargo en el otro extremo de mis sentimientos políticos me invade la alegría, de poder gritar ¡tengo senador!, pues el mío ganó, y sin que el sea guajiro, puedo decir este es el nuestro, puesto que sin haber sido candidato aún, nos acompañó como un guerrero en las pasadas elecciones en las que a mi candidato, se le reflejaron menos votos en las urnas que al contendor, o como lo quieran decir ustedes, perdimos por 5.000 votos.

Apartando las pasiones políticas, pienso que la contienda ha terminado, y ha llegado el momento que los electos y los no elegidos, se unan para forjar un mejor futuro para nuestro departamento de La Guajira. Por otra parte aquellos que apoyamos candidatos foráneos deberían propender para que éstos también asuman un compromiso con nuestro territorio, si es que los apoyamos por convicción y no por plata o dicho elegantemente por el tema de la logística. En cuanto a mi grupo tenemos la convicción de que nuestro Senador electo mantendrá la promesa de apoyar los proyectos en beneficio de la Guajira, de lo contrario que Dios lo cuestione.

Estabilidad laboral de los discapacitados: problema jurídico sujeto a la postura interpretativa de un Estado Social de Derecho

Por: José Carlos Molina Becerra
En mi hermosa y placentera condición de docente catedrático de la universidad de La Guajira, he venido compartiendo las asignaturas de Derecho Constitucional y Régimen Laboral con los estudiantes de Administración de Empresa, en la extensión que la Universidad tiene en Maicao. Siempre se genera gracias a Dios, la posibilidad de aprender por las inquietudes de los estudiantes. Es así como en estos días, una jovencita expresaba su preocupación en la clase, por el despido de los trabajadores enfermos y con altos niveles de discapacidad física.

Esa inquietud generó de inmediato, la espontanea y solidaria discusión jurídica (Obviamente, discusión dentro de las limitaciones jurídicas de los estudiantes de administración de empresa), entre los estudiantes, que fue necesario aplazar para el próximo encuentro por razones de tiempo; quedando el compromiso de mi parte, de recaudar la mayor información jurisprudencial posible, que permita al grupo tener un criterio claro alrededor de la posibilidad legal de despedir a un empleado con profunda limitaciones físicas, que lo sitúen en el denominado grupo de discapacitados.

Definido el problema jurídico, salí en la búsqueda de mayor información, con la claridad y la advertencia para mis estudiantes, que el derecho no solo lo define la ley, como norma, sino, que de él hacen parte como fuentes principales, la doctrina y la jurisprudencia, que en muchas ocasiones, no solo son fuentes, si no, también constituyen precedentes importantes para los operadores de justicia (Jueces y Magistrados), a la hora de tomar una decisión de un caso determinado. Los abogados sabemos también, que la postura interpretativa y la valoración ideológica, no puede ni debe ser exegética (apegada a la letra, sin mayor margen de interpretación), de tal forma, que los jueces saben perfectamente, que el único que no debe tener una postura ideológica es él, a la hora de tomar una decisión, su valoración jurídica debe estar más allá de la frialdad de la ley y tener en cuenta, las normas constitucionales, la doctrina y la jurisprudencia, todo ello en concordancia con los hechos y las pruebas.

PROBLEMA JURÍDICO:


a. Despido de un trabajador discapacitado en razón a su discapacidad o invalidez.

b. Terminación del contrato a termino fijo cuando un trabajador está discapacitado

Antes de acudir a la ley y a la jurisprudencia, revisemos la norma constitucional al respecto: La constitución del año 1991, dentro de la dinámica del Estado Social de Derecho, implementó como política de Estado, una protección a los disminuidos o discapacitados por razones físicas sensoriales y psíquicas. Para ello planteó en los artículos 13, 47, 54, y 68, la norma constitucional que soporta y garantiza la protección especial para este grupo de la población.

1. En el artículo 13, último párrafo dijo: “El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, FÍSICA O MENTAL, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan”.

2. El artículo 47 dijo: “ARTÍCULO 47. El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos FÍSICOS, SENSORIALES y PSÍQUICOS, a quienes se prestará la atención especializada que requieran”.

3. “ARTICULO 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los MINUSVÁLIDOS el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud”.

4. En el último párrafo del artículo 68 dijo: La erradicación del analfabetismo y la educación de PERSONAS CON LIMITACIONES FÍSICAS O MENTALES, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.

Esa serie de artículos en la constitución nos deja claro la preocupación y la intención del constituyente, en proteger a ese grupo de personas que por circunstancias de la vida sufre los rigores de una discapacidad física.

Después vemos como en el año de 1997 se implementa en el país una ley impulsada por el senador Clopatofsky, la ley 361, que introduce en nuestra legislación, mayores beneficios para los discapacitados. En el artículo 26 dijo:

ARTÍCULO 26. En ningún caso la limitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar. Así mismo, ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización de la oficina de Trabajo”.

Observen ustedes la clara diferencia establecida entre DESPIDO Y TERMINACIÓN que maneja el artículo. Despido y terminación del contrato de trabajo o laboral, siempre han sido dos conceptos jurídicos distintos en la legislación laboral. Pareciera que el artículo estudiado planteara una estabilidad absoluta, pero al finalizar el primer párrafo introduce un procedimiento o tramite consistente en la autorización de la oficina del Trabajo, para permitir el despido. Ese tramite legal que refuerza para el empleador el principio de libertad de empresa, a mi juicio afecta el principio de estabilidad en el empleo, que nos plantea el artículo 53 de nuestra constitución.

Afortunadamente, la honorable Corte Constitucional, ha interpretado y desarrollado, los artículos de la constitución referenciados, desde una postura interpretativita de un autentico ESTADO SOCIAL DE DERECHO y lo que ello significa en términos cualitativos y de bienestar para todos los asociados de la patria.

La honorable Corte suprema de Justicia, tiene una interpretación desde lo legal y por su puesto con un resultado distinto, presentándose, lo que se ha conocido en el país como “choque de trenes”. El origen del enfrentamiento de las altas cortes, como máximos organismo (última instancia), deriva entre otros aspectos jurídicos, de los fallos de Exequibilidad condicionada, que ha hecho la Corte Constitucional, en el estudio de la ley 361 del año 1997 y de los artículos 45,46 y 61 del CST, en las sentencias: C- 531 de año 2000 y C- 016 del año 1998, entre otras sentencia donde la Corte Constitucional, declara la exequibilidad pero con una condición.

Siempre me he declarado admirador de los miembros (Magistrados), de la Corte Constitucional, que inició, después de creada por la Constitución del año 1991 (y no de estos Magistrados de la actualidad). A mi juicio, fueron los encargados de abrir puertas y ventanas jurídicas en busca de rescatar el espíritu del autentico Estado Social de Derecho. Pero tengo que confesar (de puro atrevimiento), que no me gustó para nada esas sentencias de exequibilidad condicionadas, sobre todo la C- 016 del año 1998. El país en materia laboral y estabilidad del empleo fuera distinto, si el fallo hubiese sido de inexequibilidad.

Pero bueno, sigamos con el problema jurídico que nos convoca. Este asunto, como todos los temas jurídicos, tiene tanto de largo como de ancho y existen desde normas internacionales, leyes, decretos reglamentarios y jurisprudencias que lo dinamizan así: Convenio de la O.I.T, N° 159 de 1998, la ley 776 de 2002 y el decreto 2177 de 1989 y entre otras sentencias la T- 427 de 1992, la T1040 de 2001, la T-531 de 2000 y la T- 519 de 2003.

En conclusión la Corte Constitucional, plantea la revocatoria de primera instancia y ordena el reintegro del trabajador (menos en la T-427 de 1992, porque no se demostró la discapacidad), pero en general la Corte es del siguiente criterio:
“En conclusión se puede afirmar que (i) en principio no existe un derecho fundamental a la estabilidad laboral; sin embargo, (ii) frente a ciertas personas se presenta una estabilidad laboral reforzada en virtud de su especial condición física o laboral. No obstante, (iii) si se ha presentado una desvinculación laboral de una persona que reúna las calidades de especial protección la tutela no prosperará por la simple presencia de esta característica, sino que (iv) será necesario probar la conexidad entre la condición de debilidad manifiesta y la desvinculación laboral, constitutiva de un acto discriminatorio y un abuso del derecho. Por último, (v) la tutela sí puede ser mecanismo para el reintegro laboral de las personas que por su estado de salud ameriten la protección laboral reforzada, no olvidando que de presentarse una justa causa podrán desvincularse, con el respeto del debido proceso correspondiente”.

En este tema podríamos seguir planteando inquietudes jurídicas, pero ya me he extendido demasiado y no quiero seguir abusando de la generosidad de su tiempo, que al decir de un amigo: “EL TIEMPO ES NUESTRO MAYOR PATRIMONIO”; por consiguiente solo me resta ofrecer mi gratitud por la atención prestada y decirle que el debate está abierto sin limitaciones, con tolerancia, respeto por las ideas y el derecho a expresarlas.

José Carlos Molina B
Abogado docente universitario y presidente del Colegio de Abogados de Maicao CODAMA

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