jueves, 14 de enero de 2010

Primer encuentro de Movilización de artistas plásticos de La Guajira

Boletín de prensa.

El gremio de artistas plásticos de La Guajira tiene programada la realización de una acción y/o propuesta artística en colectivo el día viernes 15 de enero en el horario de 7:30 am a 12:00 m, en la avenida la “Marina”, en el trayecto de la carrera 5 hasta la carrera 11, esto con el fin de visibilizar y movilizar el potencial de investigación y creación en la producción de obras artísticas, dicha acción consiste en el desarrollo de una obra colectiva realizada por más de 50 artistas convocados, donde se plasmara en un lienzo de 90 metros dicha obra.

Esta actividad busca mantener la organización, unión, integración y la visibilización del gremio ante los entes gubernamentales y culturales del departamento al igual involucrar las otras áreas y manifestaciones artísticas como la Danza, el Teatro, la Literatura y la Música.

Para la realización de esta acción se cuenta con el apoyo del Ministerio de La Cultura, Consejo Departamental de Cultura área artes plásticas, Representación Consejo municipal de Artes Plásticas, Gremio de Artistas Plásticos de La Guajira, amigos y comunidad en general.

De esta manera la invitación se extiende a que todos y todas las personas a que hagan parte de esta iniciativa el cual genera espacios de comunicación y dialogo en nuestro proceso de crecimiento y desarrollo cultural.


Consejo Departamental de Artes Plásticas y Gremio de Artistas de La Guajira.

martes, 12 de enero de 2010

Por qué destituyeron al profe Alguero

Por: Ingeniero John Bleiner Muñi

Yo se que muchos lo saben y el que no, bien se lo imagina, solo me limitaré a recordarlo de manera objetiva y precisa; veamos porque: solo porque se atrevió a demandar y a liderar las demandas de los mal llamados procesos eleccionarios en la Universidad de la Guajira; hoy con respuesta positiva a las pretensiones formuladas.

Están aquí, la demanda a La elección de Jairo Aguilar Ocando y Wilamr Sierra Toncel, Alberto Brito Daza y Cayetano Barniza, Adán Móvil Ariño, Claribel Ochoa Romero como representantes de los Ex Rectores, Docentes, Sector Productivo y Directivas Académicas respectivamente ante el Consejo Superior Universitario; hoy con fallos en su contra.

No hay que olvidar, que estos mismos actores, fueron los que designaron como rector al señor Carlos Arturo Robles Julio, después de un proceso eleccionario amañado, que con mucha valentía y responsabilidad de egresado, profesor de la Universidad por más de 20 años y ciudadano ejemplar, demandó el ilustre docente LUIS ROBERTO ALGUERO AMAYA; demanda esta que se encuentra próxima para providencia de primera instancia, ojala atendiendo las pretensiones planteadas que permitan superar la celebre frase de cajón del señor rector “ A MI QUIEN ME DEMANDE, TENDRA QUE TENER PLATA, PODER Y COJONOES” . En verdad ese debió haber sido el lema de campaña.

Pus bien producto de todo eso, la resolución 1699 del 17 de diciembre del 2009, emanada del despacho del rector, por medio de la cual se sanciona con destitución del cargo como docente al ex rector Luís Roberto Alguero; decisión esta sobre la base de un proceso disciplinario adelantado internamente por funcionarios subalternos del señor rector y de los señores Consejeros.

En tal sentido se puede afirmar que no les bastó con el poderío, sino que con el afán de perjudicar, abusaron del las normas de la Universidad, de la ley y de la Carta Superior, para poder construir en tiempo record su anhelada decisión, “ya que había que aquietarlo”.

Y ello es así, porque en dicho fallo, con una sola mirada flash, se observa la violación al debido proceso por la ausencia de indagación, falta de competencia para abrir la investigación, falta de notificación de la apertura, cierre de la investigación en termino inferior, ambigüedad del cargo, vías de hecho, afirmaciones carentes de sustento, no notificación efectiva de las fechas de versión libre, termino del traslado para alegar errado, desconocimiento del principio de favorabilidad, no declararse impedido el Rector ni la abogada sustanciadora, conducta imputada atípica, no existió antijuridicidad por causal existente de responsabilidad, no se cualificó la modalidad de culpa gravísima, se burló el poder preferente de la Procuraduría General de la Nación en tanto que ya conoce de las faltas de garantías existentes para el doctor Luís Roberto Alguero en cualquier tipo de investigación que se libere en contra de él al interior de la Universidad; y lo que es peor, no existió falta alguna.

“Los sabios son los que saben levantarse cuando los han quido tumbar; y no los que tumban cuando a alguien quieren acabar”.


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lunes, 11 de enero de 2010

La Feria de las regalías (Segunda Parte)

Segunda parte del trabajo "La Feria de las Regalías" el el cual el periodista tomás Pérez hace graves denuncias sobre la forma en que se utilizan estos recursos. Te invitamos también a ver la primera parte

Asesinado un mesero en Maicao

Familiares desconocen las causas del crimen


Tomado de El Informador

Wilmer Ramírez Rebolledo de 35 años de edad, quien no portaba documentos para su identificación, transitaba por la calle 16 con carrera 14 del barrio Centro y en la madrugada del día sábado dos sujetos lo abordaron y le dispararon con arma fuego en varias oportunidades.

Varias personas que a esa hora se encontraban por el lugar lo auxiliaron y lo llevaron en un vehículo de servicio público a la Clínica de Especialistas de esta municipalidad, donde posteriormente falleció.

La victima presentó múltiples heridas con arma de fuego en las extremidades superiores y en el cuerpo, según informaciones de la ciudadanía este hecho fue perpetrado por dos sujetos que se movilizaban en una motocicleta sin más datos.

Wilmer Ramírez Rebolledo, quien compartía vivienda con una Wayuu, deja en la orfandad a tres menores, laboraba en un estadero como mesero y a la hora de su asesinato se dirigía al centro para comprar algunos alimentos para la familia.

Los familiares explicaron que Wilmer no tenía problemas con nadie en el sector y que trabajaba vendiendo cervezas en un estadero nocturno, ya que la venta de agua se había venido a menos y opto por esta labor para poder sobrevivir.

La madre de la víctima solo espera que en el caso de su hijo actúe la justicia divina, ya que no cree en las autoridades del Municipio y asegura que este será otro caso que quedará en el manto de la impunidad.

La diligencia de inspección del cadáver correspondió a una comisión especial del CTI, quienes iniciaron la respectiva investigación tendiente a esclarecer este hecho de sangre.

Corpoguajira otorgó licencia ambiental para ejecución de nuevo Parque Eólico

Tomado de El Informador


A través de la Resolución 03357 del 29 de diciembre de 2009, la Corporación Autónoma Regional de La Guajira, otorgó licencia ambiental para la construcción y operación del Parque Eólico Jouktai, en el corregimiento del Cabo de la Vela - municipio de Uribia.

El proyecto será adelantado por las empresas Wayúu S.A. E.S.P. e ISAGEN S.A. E.S.P; y constará de 21 aerogeneradores Vensys, que serán instalados en inmediaciones de las comunidades indígenas de Jotomana, Taruásaru, Mushalerrain y Lanshalia; las cuales hacen parte del Resguardo Indígena Wayúu de la Media y Alta Guajira.

La decisión de Corpoguajira, fue tomada luego de llevar a cabo un proceso que incluyó visitas de inspección ocular en el área donde se adelantarán los trabajos, ordenar la realización de una consulta previa para comprobar la participación de las comunidades interesadas en la elaboración o no del estudio de impacto ambiental y la elaboración de una zonificación ambiental con el fin de determinar el grado de sensibilidad ambiental que presenta cada uno de los elementos del área de influencia, frente a los impactos que se puedan generar con la realización de las diferentes actividades requeridas para la construcción del proyecto de generación de energía eólica.

"Para la Corporación, es importante que las actividades constructivas y operativas, se realicen de acuerdo a lo señalado en cada una de las fichas de manejo ambiental, contempladas en el Plan de Manejo estructurado para el futuro parque eólico, y para lo cual esta entidad estará vigilante mediante los seguimientos ambientales que se efectuarán durante la construcción y operación del mismo" expresó Arcesio Romero Pérez, Director General de Corpoguajira. La licencia ambiental concedida, está condicionada por una serie de lineamientos exigidos por la máxima autoridad ambiental de La Guajira, como es la implementación de un sistema de riego, que permita controlar las emisiones de material particulado, no verter residuos sólidos a ningún cuerpo de agua,

También implementará 23 hectáreas de parcelas de crecimiento y desarrollo con arreglo ecosistémico, desarrollará un Plan de Gestión de Residuos Peligrosos y tenerlo disponible para cuando la autoridad ambiental se lo requiera, y pondrá un programa de monitoreo del impacto de la construcción de barreras artificiales como aerogeneradores y líneas de conducción eléctrica, que pueden afectar la presencia de aves migratorias boreales y residentes y reubicar a las familias o viviendas que estén en un radio no menor a 200 metros con relación a las estructuras.

Las empresas Wayúu S.A. E.S.P. e ISAGEN S.A. E.S.P., debe cancelar a las comunidades de influencia directa la compensación por el uso del terreno un valor de 2 mil 500 millones de pesos por MW instalado pagado por año anticipado. No podrán utilizar cementerios para instalar equipos. No restringirán el uso del territorio donde se adelantarán las obras.

La Licencia otorgada por Corpoguajira, podrá ser suspendida, modificada o revocada, cuando el beneficiario incumpla cualquiera de los términos, condiciones, obligaciones o exigencias inherentes a ella consagrados en la ley, los reglamentos o en el mismo acto de otorgamiento, así como las recomendaciones y requerimientos producto de las visitas de seguimiento, control y monitoreo ambiental.

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