Escrito por: BERCELIO NAVARRO ARDILA, ex concejal de Maicao
e-mail: navarroardila@hotmail.com
Basta con asistir a uno de los tantos congresos que realiza FENACON (Federación Nacional de Concejos), en diferentes ciudades del país, para concluir rápidamente que los concejos municipales en Colombia, han perdido importancia y están en un estado de desvalorización como “institución política”.
Yo, que tuve la fortuna de asistir a varios de esos congresos y además con la experiencia vivida, puedo dar fe de ese proceso de deterioro en que han caído los concejos, en especial los de tercera, cuarta, quinta y sexta categoría, y que refleja la situación maltrecha y débil en que se encuentra nuestra democracia local.
Uno de los rasgos más comunes que pude observar, es que la mayoría de las delegaciones provenían de municipios muy pobres y periféricos del país. Con poca presencia de delegaciones de distritos especiales y municipios de primera y segunda categoría muchos debieron viajar por carreteras hasta por dos días... y como los concejales no pueden VIATICAR… debieron pagar con su propio pecunio o con actividades previas y los que tuvieron mejor fortuna llegaron con apoyo de sus alcaldes. Muchos se quejaron de las relaciones poco armoniosas entre ellos y el burgo maestre.
Del cúmulo de solicitudes planteadas ante el gobierno nacional para mejorar dicha situación, destaco las más importantes:
CAPITACIÓN, un porcentaje significativo de concejales presentaban un bajo nivel académico, no habían cursado o terminados estudios secundarios, existían muy pocos programas de desarrollo institucional (Formación para un mejor desempeño del cargo), además el presupuesto del concejo no alcanza para pagar los servicios profesionales de un asesor jurídico.
PRESTACIONES SOCIALES: como la constitución política establece que los concejales no son funcionarios públicos, sino que tienen la calidad de servidores públicos, no pueden recibir sueldos ni prestaciones sociales, no obstante la ley determina que estos pueden recibir honorarios por cada sesión a que asistan. Un concejal por ejemplo de un municipio de cuarta categoría recibiría al año unos Diez Millones de Pesos (10.000.000), por asistir entre las 72 y 84 reuniones o sesiones que ordena la ley (si asiste a todas).
SALUD, VIDA Y PENSIÓN: los concejales tienen derecho a un seguro de salud y a un seguro de vida, los cuales no cubre al resto de su familia- esposa e hijos-, en cuanto a pensión pude observar casos que habían concejales con 15 y 20 años de servicios ininterrumpido y que lógicamente no tienen derecho a una pensión.. Y en casos excepcionales, algunos aún no poseían una vivienda propia debido a su precaria condición económica.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: la ley establece una serie de limitaciones que le impide a los concejales trabajar, contratar o prestar servicios profesionales con entidades del ente territorial, o ser miembros de juntas directivas, representantes legales de entidades prestadores de servicios públicos y de salud Estas limitaciones son extensivas a su cónyuge y sus familiares hasta en un cuarto grado de consanguinidad.
SEGURIDAD fue un tema muy álgido, las denuncias de amenazas y de masacres denotaba que los concejales se convirtieron en carne de cañón en zonas de alta incidencia del conflicto armado, las estadísticas superaban los 300 concejales asesinados durante el periodo 2003-2006 al igual que el desplazamiento forzado….
El gobierno nacional asumió compromisos y ha dado respuestas positivas a algunas de estas exigencias para alcanzar mayor equidad; pero el clamor más sentido era para que a los concejos se les redefinieran sus funciones, de tal manera que estas corporaciones edilicias, dejen de ser unas convidadas de piedras y se les otorguen las herramientas legales que les permita desempeñar un papel preponderante dentro del desarrollo municipal.
La constitución política en su artículo 313 describe el ámbito funcional de los concejos pero la ley 136 del 94 determina que las iniciativas o acuerdos municipales relacionados con la adopción de planes, programas y de obras públicas para el desarrollo económico y social del municipio son exclusividad del señor alcalde….
Es decir los concejales no pueden presentar acuerdos que impliquen la asignación de recursos para la inversión y el gasto público tendiente a resolver algún problema de la comunidad
No entiendo cual problema social se puede resolver con mera literatura.
Esta una de las razones por la que los concejales presentan pocas iniciativas.
Los planes de desarrollos y los presupuestos anuales se aprueban o se aprueban. La mayoría de las iniciativas provienen del ejecutivo, siendo las más importantes las que solicitan autorización para que celebre contratos y/o convenios y pueda ejercer temporalmente precisas funciones que les corresponden a los concejos.
Lo mismo que los acuerdos que solicitan facultades para modificar el presupuesto (traslados, créditos, contracréditos, adiciones etc.), que es en donde los concejos conservan su incidencia y hacen que los alcaldes no gobiernen solos.
CONTROL POLÍTICO: Es laxo. Algunos alcaldes hábilmente juegan con las necesidades apremiantes de los concejales y en ciertas circunstancias, arman o desarman coaliciones de gobierno, con el único fin de conseguir que se les apruebe facultades amplias para ejercer funciones propias de los concejos hasta por términos de 6 meses, 1 año o más y evitar de esa forma un control político más estricto, lo mismo sucede con la modalidad de los presupuestos globalizados.
Además de que no existe un sistema de información ágil y oportuna, diseñada para ejercer un control político apropiado, en muchas ocasiones los concejales deben recurrir al derecho de petición para obtener la información oportuna.
En ocasiones la administración maneja con sigilo información fundamental que a veces es trascendental y que afectan la vida social, económica, ambiental y cultural del municipio.
Los secretarios de despachos pueden ser citados por el concejo a rendir cuentas y a veces, estos en forma mediática eluden dicha responsabilidad y posponen el debate político, y que en realidad cuando asisten no hacen más que rendir un simple informe de su gestión.
No hay controversia política porque no hay oposición política, y aunque con la tercera parte de los miembros de la corporación se puede proponer la moción de censura recientemente aprobada que puede dar base para la salida de un secretario que no esté dando los resultados esperados y que no esté a la altura de las exigencias del cargo, es muy poco probable que eso sucede por la falta de autonomía e independencia en que han caído estas corporaciones edilicias a causa del desequilibrio de poder de nuestro sistema político en donde prevalece un excesivo concentración de poder en manos del ejecutivo.
Algunos alcaldes son concientes de esa situación y de la debilidad institucional de los concejos y adoptan un estilo de gestión, prepotente, autoritario y hasta monárquico, frente a estas corporaciones.
No se ejerce el liderazgo político, en el proceso de toma de decisiones, aquel que promueve y convoca voluntades hacia propósitos comunes.
Los sueños e ideales políticos de ediles y concejales chocan contra ese muro de interese exclusivos de quienes ostentan el poder ejecutivo. El camino más expedito para participar en nuestra democracia disfuncional es la del ciudadano de la mano extendida…. Pedir…. Pedir…. Limosnear…. Limosnear….
SOLUCIONES:
e-mail: navarroardila@hotmail.com
Basta con asistir a uno de los tantos congresos que realiza FENACON (Federación Nacional de Concejos), en diferentes ciudades del país, para concluir rápidamente que los concejos municipales en Colombia, han perdido importancia y están en un estado de desvalorización como “institución política”.
Yo, que tuve la fortuna de asistir a varios de esos congresos y además con la experiencia vivida, puedo dar fe de ese proceso de deterioro en que han caído los concejos, en especial los de tercera, cuarta, quinta y sexta categoría, y que refleja la situación maltrecha y débil en que se encuentra nuestra democracia local.
Uno de los rasgos más comunes que pude observar, es que la mayoría de las delegaciones provenían de municipios muy pobres y periféricos del país. Con poca presencia de delegaciones de distritos especiales y municipios de primera y segunda categoría muchos debieron viajar por carreteras hasta por dos días... y como los concejales no pueden VIATICAR… debieron pagar con su propio pecunio o con actividades previas y los que tuvieron mejor fortuna llegaron con apoyo de sus alcaldes. Muchos se quejaron de las relaciones poco armoniosas entre ellos y el burgo maestre.
Del cúmulo de solicitudes planteadas ante el gobierno nacional para mejorar dicha situación, destaco las más importantes:
CAPITACIÓN, un porcentaje significativo de concejales presentaban un bajo nivel académico, no habían cursado o terminados estudios secundarios, existían muy pocos programas de desarrollo institucional (Formación para un mejor desempeño del cargo), además el presupuesto del concejo no alcanza para pagar los servicios profesionales de un asesor jurídico.
PRESTACIONES SOCIALES: como la constitución política establece que los concejales no son funcionarios públicos, sino que tienen la calidad de servidores públicos, no pueden recibir sueldos ni prestaciones sociales, no obstante la ley determina que estos pueden recibir honorarios por cada sesión a que asistan. Un concejal por ejemplo de un municipio de cuarta categoría recibiría al año unos Diez Millones de Pesos (10.000.000), por asistir entre las 72 y 84 reuniones o sesiones que ordena la ley (si asiste a todas).
SALUD, VIDA Y PENSIÓN: los concejales tienen derecho a un seguro de salud y a un seguro de vida, los cuales no cubre al resto de su familia- esposa e hijos-, en cuanto a pensión pude observar casos que habían concejales con 15 y 20 años de servicios ininterrumpido y que lógicamente no tienen derecho a una pensión.. Y en casos excepcionales, algunos aún no poseían una vivienda propia debido a su precaria condición económica.
INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: la ley establece una serie de limitaciones que le impide a los concejales trabajar, contratar o prestar servicios profesionales con entidades del ente territorial, o ser miembros de juntas directivas, representantes legales de entidades prestadores de servicios públicos y de salud Estas limitaciones son extensivas a su cónyuge y sus familiares hasta en un cuarto grado de consanguinidad.
SEGURIDAD fue un tema muy álgido, las denuncias de amenazas y de masacres denotaba que los concejales se convirtieron en carne de cañón en zonas de alta incidencia del conflicto armado, las estadísticas superaban los 300 concejales asesinados durante el periodo 2003-2006 al igual que el desplazamiento forzado….
El gobierno nacional asumió compromisos y ha dado respuestas positivas a algunas de estas exigencias para alcanzar mayor equidad; pero el clamor más sentido era para que a los concejos se les redefinieran sus funciones, de tal manera que estas corporaciones edilicias, dejen de ser unas convidadas de piedras y se les otorguen las herramientas legales que les permita desempeñar un papel preponderante dentro del desarrollo municipal.
La constitución política en su artículo 313 describe el ámbito funcional de los concejos pero la ley 136 del 94 determina que las iniciativas o acuerdos municipales relacionados con la adopción de planes, programas y de obras públicas para el desarrollo económico y social del municipio son exclusividad del señor alcalde….
Es decir los concejales no pueden presentar acuerdos que impliquen la asignación de recursos para la inversión y el gasto público tendiente a resolver algún problema de la comunidad
No entiendo cual problema social se puede resolver con mera literatura.
Esta una de las razones por la que los concejales presentan pocas iniciativas.
Los planes de desarrollos y los presupuestos anuales se aprueban o se aprueban. La mayoría de las iniciativas provienen del ejecutivo, siendo las más importantes las que solicitan autorización para que celebre contratos y/o convenios y pueda ejercer temporalmente precisas funciones que les corresponden a los concejos.
Lo mismo que los acuerdos que solicitan facultades para modificar el presupuesto (traslados, créditos, contracréditos, adiciones etc.), que es en donde los concejos conservan su incidencia y hacen que los alcaldes no gobiernen solos.
CONTROL POLÍTICO: Es laxo. Algunos alcaldes hábilmente juegan con las necesidades apremiantes de los concejales y en ciertas circunstancias, arman o desarman coaliciones de gobierno, con el único fin de conseguir que se les apruebe facultades amplias para ejercer funciones propias de los concejos hasta por términos de 6 meses, 1 año o más y evitar de esa forma un control político más estricto, lo mismo sucede con la modalidad de los presupuestos globalizados.
Además de que no existe un sistema de información ágil y oportuna, diseñada para ejercer un control político apropiado, en muchas ocasiones los concejales deben recurrir al derecho de petición para obtener la información oportuna.
En ocasiones la administración maneja con sigilo información fundamental que a veces es trascendental y que afectan la vida social, económica, ambiental y cultural del municipio.
Los secretarios de despachos pueden ser citados por el concejo a rendir cuentas y a veces, estos en forma mediática eluden dicha responsabilidad y posponen el debate político, y que en realidad cuando asisten no hacen más que rendir un simple informe de su gestión.
No hay controversia política porque no hay oposición política, y aunque con la tercera parte de los miembros de la corporación se puede proponer la moción de censura recientemente aprobada que puede dar base para la salida de un secretario que no esté dando los resultados esperados y que no esté a la altura de las exigencias del cargo, es muy poco probable que eso sucede por la falta de autonomía e independencia en que han caído estas corporaciones edilicias a causa del desequilibrio de poder de nuestro sistema político en donde prevalece un excesivo concentración de poder en manos del ejecutivo.
Algunos alcaldes son concientes de esa situación y de la debilidad institucional de los concejos y adoptan un estilo de gestión, prepotente, autoritario y hasta monárquico, frente a estas corporaciones.
No se ejerce el liderazgo político, en el proceso de toma de decisiones, aquel que promueve y convoca voluntades hacia propósitos comunes.
Los sueños e ideales políticos de ediles y concejales chocan contra ese muro de interese exclusivos de quienes ostentan el poder ejecutivo. El camino más expedito para participar en nuestra democracia disfuncional es la del ciudadano de la mano extendida…. Pedir…. Pedir…. Limosnear…. Limosnear….
SOLUCIONES:
¿Se puede cambiar este panorama? Por supuesto que sí. Los concejos deben seguir exigiéndole al Gobierno Nacional mecanismos constitucionales y legales que le permita alcanzar mayor equidad en el manejo del poder político de tal manera que estos sean actores importantes en el proceso de toma de decisiones que afecten la vida del municipio.
El otro camino sería que los alcaldes adopten un estilo de gestión basados en un programa de gobierno incluyente donde opere adecuadamente la democracia representativa que legitima el voto popular, y la llamada democracia participativa y la democracia directa otorgándole a cada cual el grado de importancia y de participación que le corresponda.
El otro camino sería que los alcaldes adopten un estilo de gestión basados en un programa de gobierno incluyente donde opere adecuadamente la democracia representativa que legitima el voto popular, y la llamada democracia participativa y la democracia directa otorgándole a cada cual el grado de importancia y de participación que le corresponda.
Estoy de acuerdo en el texto leido, sobre todo en la falta de nivel academico que se debe exigir a los aspirantes a los concejos municipales y tambien debe ser extensiva a los futuros alcades, por que pienso que asi se deja un poco de lado la limosneadera y las tan malas administraciones de alcaldes analfabetas.
ResponderEliminarComparto este pensamiento, y estoy muy preocupado porque el sistema esta desactualizado y no existe animo de cambio, los concejales de tercera categoria hacia abajo no tienen automia porque la autonomia es la plata, los alcaldes con la chequera sobornan los organos de control, los medios, el pueblo y ponen mayorias en las corporaciones, esto a degenerado nuestra democracia y la forma de estado.
ResponderEliminarSALUDOS..soy el presidente de uno de los concejos municipales del departamento de Nariño de sexta categoría, en efecto el control político es dispendioso en la medida que no existe voluntad política menos de responsabilidad ética y social para facilitar por parte de los funcionarios de la administración la documentación acerca de informes de contratación, gestión entre otros y se debe recurrir al derecho de petición que no surte los efectos esperados del control político a tiempo, algunos de los concejales de mi municipio no terminaron la primaria y en su mayoría se prestan a los intereses particulares dado sus bajos recursos económicos y terminan sacrificando la democracia y el desarrollo de sus comunidades..en fin estoy de acuerdo con este artículo y felicito a su autor..estamos en pañales, sin herramientas jurídicas en los concejos municipales, se debe a corto plazo y ojala algún congresista con visión social sea ponente de la iniciativa de que los concejales deban ser profesionales
ResponderEliminary que en este acto legislativo se promulgue herramientas eficientes de control político..mientras tanto seguiremos siendo pieza clave en el engranaje burocrático y cliente lista de la política tradicional y corrupta.
Me parecen muy importantes y valiosos los apuntes, de igual forma pienso que la cultura de muchos electores debe empezar a cambiar, ya que muchos cambian su voto por plata o cosas que suplen su necesidad del momento y luego se arrepienten de no haber elegido personas honestas que inclusive han demostrado su trabajo y liderazgo durante mucho tiempo.
ResponderEliminarPor ultimo opino que de todas formas los concejos municipales deben tener mas y mejores herramientas jurídicas para el buen desempeño y cumplimiento. De sus deberes
Es cierto, lo que se dice en el texto leído. Los Concejos actualmente han perdido mucha autonomía, pues sus funciones están plasmadas en el artículo 313 de la Constitución Política y casi todos los acuerdos, por no decir que todos, tienen que ver con presupuesto y si es así, tienen que ser concertados con el señor Alcalde, es decir, que un Concejal no puede a iniciativa suya presentar esta clase de acuerdos. Y sobre el control político como lo dice el autor del texto, muchas veces se citan a los Secretarios de los Despachos, y evaden las citas, informando que no pueden asistir por equis o ye compromisos, y no se puede hacer realmente nada. Es bueno que alguno de los Legisladores tome cartas en el asunto, y le devuelvan a los Concejos Municipales, mejores herramientas, para que hagan un buen trabajo en la Corporación y sobre todo en bien de la comunidad que los eligió, porque son muchos los compromisos que se adquieren, y que no se pueden cumplir, precisamente por la falta de mejores atibuciones de orden legal y constitucional, para llevar efectivamente un mejor control politico en las Corporaciones y devolverle la confianza a la ciudadanía.
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