Los recursos son aportados por la Gobernación y el SENA en cifras iguales.
El componente generación de empleo es fundamental para la aprobación de proyectos y asignación de recursos
Riohacha, 16 de diciembre de 2008.- La unidad de emprendimiento del SENA inició la evaluación de proyectos inscritos en la convocatoria 046 del Fondo Emprender, que de acuerdo con los requisitos exigidos podrán ser avalados y enviados a FONADE donde se procederá a otro proceso de evaluación.
A la fecha, un día después del cierre de la convocatoria, solo se está en la etapa de selección de los elegibles y luego procederán a revisar el cumplimiento de los requisitos de acuerdo con los términos de referencia de la convocatoria que se abrió el pasado mes de noviembre.
Para hacer realidad esta convocatoria cerrada para el departamento de La Guajira, la gobernación, bajo la orientación de la Secretaría de Desarrollo Económico, destinó $605.026.500 y el SENA, entidad responsable de las acciones del Fondo Emprender, apropió una suma igual.
De cuerdo con los términos de referencia si el plan de negocios genera hasta 5 empleos, el monto de los recursos solicitados no supera los (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), si el plan de negocios genera 6 ó mas empleos, el monto de los recursos solicitados no supera los (180) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
El salario mínimo legal mensual vigente que se establece para financiar cada plan de negocio es el que rige a la fecha de la apertura de la convocatoria. El número de empleos a generar se debe establecer de conformidad con el Manual de Operaciones del Fondo Emprender.
De acuerdo con la filosofía del Fondo Emprender no aporta recursos para los siguientes ítems:
· Compra de bienes muebles que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio.
· Compra de bienes inmuebles.
· Adecuaciones o remodelaciones de cualquier tipo de bienes inmuebles, que no
conformen el proceso de dotación técnica y que no sean indispensables para el
desarrollo del plan de negocios.
· Estudios de factibilidad de proyectos (consultorías, asesoría jurídica, financiera, etc.).
· Adquisición de vehículos automotores.
· Pagos de pasivos, deudas o de dividendos.
· Recuperaciones de capital.
· Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios.
· Pago de regalías, impuestos causados, aportes parafiscales.
· Formación académica.
· Pago de derechos o inscripciones para participar en eventos comerciales nacionales o internacionales.
· Gastos de viaje y desplazamiento.
· Compra de primas o locales comerciales.
El componente generación de empleo es fundamental para la aprobación de proyectos y asignación de recursos
Riohacha, 16 de diciembre de 2008.- La unidad de emprendimiento del SENA inició la evaluación de proyectos inscritos en la convocatoria 046 del Fondo Emprender, que de acuerdo con los requisitos exigidos podrán ser avalados y enviados a FONADE donde se procederá a otro proceso de evaluación.
A la fecha, un día después del cierre de la convocatoria, solo se está en la etapa de selección de los elegibles y luego procederán a revisar el cumplimiento de los requisitos de acuerdo con los términos de referencia de la convocatoria que se abrió el pasado mes de noviembre.
Para hacer realidad esta convocatoria cerrada para el departamento de La Guajira, la gobernación, bajo la orientación de la Secretaría de Desarrollo Económico, destinó $605.026.500 y el SENA, entidad responsable de las acciones del Fondo Emprender, apropió una suma igual.
De cuerdo con los términos de referencia si el plan de negocios genera hasta 5 empleos, el monto de los recursos solicitados no supera los (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), si el plan de negocios genera 6 ó mas empleos, el monto de los recursos solicitados no supera los (180) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
El salario mínimo legal mensual vigente que se establece para financiar cada plan de negocio es el que rige a la fecha de la apertura de la convocatoria. El número de empleos a generar se debe establecer de conformidad con el Manual de Operaciones del Fondo Emprender.
De acuerdo con la filosofía del Fondo Emprender no aporta recursos para los siguientes ítems:
· Compra de bienes muebles que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio.
· Compra de bienes inmuebles.
· Adecuaciones o remodelaciones de cualquier tipo de bienes inmuebles, que no
conformen el proceso de dotación técnica y que no sean indispensables para el
desarrollo del plan de negocios.
· Estudios de factibilidad de proyectos (consultorías, asesoría jurídica, financiera, etc.).
· Adquisición de vehículos automotores.
· Pagos de pasivos, deudas o de dividendos.
· Recuperaciones de capital.
· Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios.
· Pago de regalías, impuestos causados, aportes parafiscales.
· Formación académica.
· Pago de derechos o inscripciones para participar en eventos comerciales nacionales o internacionales.
· Gastos de viaje y desplazamiento.
· Compra de primas o locales comerciales.
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